Texto de la norma
Dec. No. 415-12 que crea e integra el Patronato de la Plaza Artesanal Don Miguel
Seijas Herrero, en la provincia La Romana. G. O. No. 10692 del 15 de agosto de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 415-12
CONSIDERANDO: Que el gobierno dominicano construyó en la ciudad de La Romana,
una plaza artesanal, dedicada a la comercialización de objetos simbólicos, manualidades,
entre otros, que identifican a La Romana y al país, con fines turísticos.
CONSIDERANDO: Que para la óptima conservación y el correcto funcionamiento de esta
plaza artesanal, es necesario someterla a un régimen de administración racional a cargo de
una persona jurídica, de carácter privado, denominada patronato, creado e integrado por el
Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que el señor Don Miguel Seijas Herrero fue un distinguido
ciudadano de la provincia La Romana, que ocupó la posición de Síndico de La Romana en
más de una oportunidad.
CONSIDERANDO: La distinguida labor municipalista del señor Don Miguel Seijas
Herrero en toda la Región Este del país, la cual le hace merecedor de designar con su
nombre la referida plaza artesanal.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1: Se crea el Patronato de la Plaza Artesanal Don Miguel Seijas Herrero, el
cual está integrado de la siguiente manera:
1. Dr. Enrique Martínez Reyes.
Presidente
2. Dr. Teodoro Ursino Reyes.
Vicepresidente
3. Lic. Juan Antonio Adames.
Vicepresidente
4. Lic. Mónica Lorenzo.
Vicepresidenta
5. Dr. Osvaldo Cruz Báez.
Vicepresidente
6. El Presidente de la Cámara de Comercio.
Secretario General
7. Dr. Enrique Miguel Seijas.
Vocal
8. El Director Ejecutivo de la Corporación del Acueducto y
Alcantarillados de La Romana (COAROM).
Vocal
9. El Presidente de la Asociación de Mercaderes del viejo mercado
Vocal
municipal.
10. El Párroco de la Iglesia Santa Rosa de Lima.
Vocal
11. El Presidente de la Federación Evangélica de La Romana (FELAR) Vocal
12. El Magistrado Procurador Fiscal de La provincia de La Romana.
Vocal
13. El Viceministro de Turismo y/o Encargado de la Oficina de
Vocal
Turismo de La Romana.
14. El Senador o Senadora de la provincia La Romana.
Vocal
15. El Lic. Benjamín Martínez Cepeda.
Vocal
ARTÍCULO 2: El Patronato de la Plaza Artesanal Don Miguel Seijas Herrero tendrá bajo
su responsabilidad la distribución, formalización de contratos y la creación de un
reglamento para su funcionamiento.
ARTÍCULO 3: El dinero percibido por concepto de alquileres, espacio y/o cubículos de la
plaza, será administrado por el Patronato de la Plaza Artesanal Don Miguel Seijas Herrero,
y aplicado a su limpieza, gastos corrientes de energía, agua, mantenimiento y cualquier
mejora que haya que hacer en el proceso de su funcionamiento, garantizando la limpieza, el
ornato y cualquiera otra actividad que vaya en beneficio de dicha plaza.
ARTÍCULO 4: El Patronato creará un reglamento, que establecerá las condiciones de
contratación de los cubículos y todo lo relativo al funcionamiento de la plaza; tomará en
cuenta, a la hora de elegir a los contratantes, de que los mismos, en su mayoría se dediquen
a la venta de artículos artesanales de producción nacional, dándoles prioridad a aquellos
que, luego de una comprobación, tenían cubículos y/o espacios en el viejo mercado
municipal.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de agosto del año dos mil doce (2012); años 169
de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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