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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 371-12

que autoriza el uso de los 60 metros de la franja marina por parte de la constructora GBC Ingeniería S.R.L., para el desarrollo del “Proyecto Turístico Palmar de Ocoa Residences” en San José de Ocoa, Azua

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 jul de 2012fecha
Otrostipo
G. O. 10689Gaceta Oficial del 2 ago de 2012
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 371-12 que autoriza el uso de los 60 metros de la franja marina por parte de la constructora GBC Ingeniería S.R.L., para el desarrollo del “Proyecto Turístico Palmar de Ocoa Residences” en San José de Ocoa, Azua. G. O. No. 10689 del 2 de agosto de 2012. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 371-12 VISTA: La Ley No.305, del 30 de abril del 1968, que modifica el Artículo 49, de la Ley No.1474, sobre Vías de Comunicación, del 22 de febrero del 1938, llevando hasta 60 metros la franja marina. VISTA: La Ley No.541, del 31 de diciembre del 1969, Ley Orgánica de Turismo de la República Dominicana. VISTA: La Ley No.84, del 26 de septiembre del 1979, que crea la Secretaría de Estado de Turismo. VISTA: La Ley No.64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. VISTAS: Las comunicaciones DPP-212-12, del 16 de abril de 2012, del Ministro de Turismo, y la Núm. 3129, del 19 de junio de 2012, del Ministro de Medio Ambiente, dirigidas al Dr. Abel Rodríguez del Orbe, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se autoriza el uso de los sesenta (60) metros de la franja marina por parte de la Constructora GBC Ingeniería S.R.L, para el desarrollo del ¨Proyecto Turístico Palmar de Ocoa Residences¨, ubicado dentro de los inmuebles identificados con los números [cédula] y [cédula], Matrículas 0500007510 y 0500007511, respectivamente, ambos en el Distrito Municipal de Palmar de Ocoa, provincia Azua de Compostela. En dicha área serán desarrolladas infraestructuras e instalaciones ligeras y de bajo impacto (que no sean edificaciones en muros de bloques ni techadas en hormigón armado), a fin de no incrementar los riesgos de erosión de la playa. ARTÍCULO 2. La autorización que se confiere mediante el presente decreto, estará condicionada a que la Constructora GBC Ingeniería S.R.L haga uso racional de la franja marina y al cumplimiento previo de las disposiciones aplicables, dispuestas en las leyes, decretos, reglamentos, normas y disposiciones administrativas, relativas a la construcción de infraestructuras turísticas y la preservación del medio ambiente y los recursos naturales. ARTÍCULO 3. Envíese a los ministerios de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil doce (2012), años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona