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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 280-12

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado a varios combatientes civiles de la Revolución del año 1963

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 may de 2012fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10674Gaceta Oficial del 31 may de 2012
Poder Ejecutivoórgano
118personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Vidonio SéptimoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Martínez RincónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Danilo Siprián LeivaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson Vinicio Rafael Concepción SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Félix María Pérez CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Melanio Absalón Sander LeonorEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Víctor José Altagracia González NúñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hipólito Rivera De JesúsEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Castro CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aquilino AlmonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo PinedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Danilo García PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Antonio PerdomoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Néstor NovaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlito SabaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Eduardo Eugenio Dotel SánchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leoncio Pérez FigueroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón Reyes PegueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucía Dominica Del Villar PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino PascualEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Dolores PegueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Freddy Javier BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bienvenido Carolu CaraballoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio César Aguiar MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Víctor Montero VicenteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bienvenido HicianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Arias FajardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elpidio Soriano LazilEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
David PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
César Antermo Vizcaíno LEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andrés Manuel Columna SotoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
César Oziris Mota RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Bernardino Martínez CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Bienvenido Sánchez OlaverríaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Joaquín Andújar RobleEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Atanacio Mueses TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón Ozoria FelicianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Federico De LeónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael García PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Antonio RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan HicianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón De Jesús MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan GómezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Ángel Díaz PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tomás Monero Del RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Bautista De León MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eudoscio CarmonaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Batista TrinidadEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vicente Eduardo Paredes NavarroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elpidio De los Santos LinárezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alfredo Reynoso PilarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan AponteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan María Soriano LazilEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Toribio Antonio Ventura RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gilberto de Jesús Rodríguez GómezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guillermo Euclides Dotel SánchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Osvaldo Martínez RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio César Zorrilla ContrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fouad Hadad TaullEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pascual MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hipólito de los Ángeles PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Javier AraújoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Hugo Muñoz GenaoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Williams Tirso Nova GuzmánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Reyes ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio AybarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio De Jesús PrensaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Esmeraldo Martínez TamárezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yaque Guzmán PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ángel Luis Patnella CeballosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Enrique Batista GómezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bienvenido Ventura Vásquez LópezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hugo Amaury Féliz FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alberto Reyes RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Emilio Urbáez RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leonte PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Manuel PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Medrano FerrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jacinto Gabriel Reyes RomeroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alcibíades ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Ventura BritoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco AlcántaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Desiderio RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Báez FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Luperón SueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pupilo Medrano HerediaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ángel Leonel AlcántaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Bautista Fernández FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Eduardo Peláez CarbonellEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ulises Antonio Bidó FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leonardo Antonio García MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Catalino Paredes FerrerEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rómulo SenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón Antonio García GuzmánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Petronio De la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Danilo Contreras OzunaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tomás Durán FrancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Turby ZapataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Medina FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro SánchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roky Rodin Lluberes GonellEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Olivio Antonio HernándezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson Vásquez MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Romero CabralEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Ignacio Valdez PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Altagracia Esquea JiménezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Héctor Rafael ZapataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elpidio Peña CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Antonio UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Joaquín César MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leopoldo MorenoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Rafael Galarza VidalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 280-12 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado a varios combatientes civiles de la Revolución del año 1963. G. O. No. 10674 del 31 de mayo de 2012. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 280-12 CONSIDERANDO: Que la lucha por el establecimiento en la República Dominicana de un régimen social y democrático de derecho que garantice la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan vivir y perfeccionarse en un régimen de paz, libertad individual y justicia social, tiene su principal sustentación histórica con la lucha por la Independencia Nacional, la Restauración de la República y todas las jornadas de luchas patrióticas. CONSIDERANDO: Que después de todos esos acontecimientos históricos, la mayor expresión de libertad que tuvo el pueblo dominicano fue cuando el 20 de diciembre del 1962, eligió, por abrumadora mayoría, al Profesor Juan Bosch como Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que la noche del 25 de septiembre del 1963, el Presidente Constitucional, Profesor Juan Bosch, fue víctima en ese entonces de un golpe de Estado que suprimió la Constitución que servía de norma suprema y fundamento del nuevo orden democrático surgido como consecuencia del derrocamiento de la tiranía trujillista. CONSIDERANDO: Que el 24 de abril del 1965, los Militares Constitucionalistas dieron inicio a una revolución que luego se convirtió en guerra patria, para reponer el gobierno del Profesor Juan Bosch y la Constitución del 29 de abril del 1963, a la cual se sumaron miles de civiles democráticos. VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano, por un monto de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a los combatientes civiles: 1. Vidonio Séptimo [cédula] 2. Miguel Martínez Rincón [cédula] 3. Danilo Siprián Leiva [cédula] 4. Nelson Vinicio Rafael Concepción Santana [cédula] 5. Félix María Pérez Castillo [cédula] 6. Melanio Absalón Sander Leonor [cédula] 7. Víctor José Altagracia González Núñez [cédula] 8. Hipólito Rivera De Jesús [cédula] 9. Manuel Castro Castillo [cédula] 10. Aquilino Almonte [cédula] 11. Domingo Pineda [cédula] 12. José Danilo García Pérez [cédula] 13. Juan Antonio Perdomo [cédula] 14. Néstor Nova [cédula] 15. Carlito Saba [cédula] 16. José Eduardo Eugenio Dotel Sánchez [cédula] 17. Leoncio Pérez Figueroa [cédula] 18. Ramón Reyes Peguero [cédula] 19. Juan Mendoza [cédula] 20. Lucía Dominica Del Villar Pérez [cédula] 21. Marino Pascual [cédula] 22. José Dolores Peguero [cédula] 23. Freddy Javier Batista [cédula] 24. Bienvenido Carolu Caraballo [cédula] 25. Julio César Aguiar Mota [cédula] 26. Rafaela Antonia Mojica Brito de Ramos [cédula] 27. Víctor Montero Vicente [cédula] 28. Bienvenido Hiciano [cédula] 29. Luis Ramos [cédula] 30. Rafael Arias Fajardo [cédula] 31. Elpidio Soriano Lazil [cédula] 32. David Pérez [cédula] 33. César Antermo Vizcaíno L. [cédula] 34. Andrés Manuel Columna Soto [cédula] 35. César Oziris Mota Rosa [cédula] 36. Manuel Bernardino Martínez Castillo [cédula] 37. Rafael Bienvenido Sánchez Olaverría [cédula] 38. José Joaquín Andújar Roble [cédula] 39. Atanacio Mueses Taveras [cédula] 40. Ramón Ozoria Feliciano [cédula] 41. Federico De León [cédula] 42. Rafael García Pérez [cédula] 43. Pedro Antonio Rosario [cédula] 44. Juan Hiciano [cédula] 45. Ramón De Jesús Martínez [cédula] 46. Juan Gómez [cédula] 47. Luis Ángel Díaz Polanco [cédula] 48. Tomás Monero Del Rosario [cédula] 49. Juan Bautista De León Martínez [cédula] 50. Eudoscio Carmona [cédula] 51. Rafael Batista Trinidad [cédula] 52. Vicente Eduardo Paredes Navarro [cédula] 53. Elpidio De los Santos Linárez [cédula] 54. Alfredo Reynoso Pilar [cédula] 55. Juan Aponte [cédula] 56. Juan María Soriano Lazil [cédula] 57. Toribio Antonio Ventura Rodríguez [cédula] 58. Gilberto de Jesús Rodríguez Gómez [cédula] 59. Guillermo Euclides Dotel Sánchez [cédula] 60. Luis Osvaldo Martínez Ramírez [cédula] 61. Julio César Zorrilla Contreras [cédula] 62. Fouad Hadad Taull [cédula] 63. Pascual Mercedes [cédula] 64. Hipólito de los Ángeles Pérez [cédula] 65. Francisco Javier Araújo [cédula] 66. José Hugo Muñoz Genao [cédula] 67. Williams Tirso Nova Guzmán [cédula] 68. Rafael Antonio Reyes Reyes [cédula] 69. Rafael Antonio Aybar [cédula] 70. Julio De Jesús Prensa [cédula] 71. Esmeraldo Martínez Tamárez [cédula] 72. Yaque Guzmán Pérez [cédula] 73. Ángel Luis Patnella Ceballos [cédula] 74. Enrique Batista Gómez [cédula] 75. Bienvenido Ventura Vásquez López [cédula] 76. Hugo Amaury Féliz Féliz [cédula] 77. Alberto Reyes Ramírez [cédula] 78. Luis Emilio Urbáez Ramírez [cédula] 79. Leonte Pérez [cédula] 80. Carlos Manuel Pérez [cédula] 81. Luis Matos [cédula] 82. Altagracia Medrano Ferreras [cédula] 83. Jacinto Gabriel Reyes Romero [cédula] 84. Alcibíades Reyes [cédula] 85. Pedro Ventura Brito [cédula] 86. Francisco Alcántara [cédula] 87. Desiderio Ruiz [cédula] 88. Felipe Báez Féliz [cédula] 89. Francisco Luperón Suero [cédula] 90. Pupilo Medrano Heredia [cédula] 91. Ángel Leonel Alcántara [cédula] 92. Juan Bautista Fernández Féliz [cédula] 93. Luis Eduardo Peláez Carbonell [cédula] 94. Ulises Antonio Bidó Féliz [cédula] ARTÍCULO 2. Se eleva a la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, las pensiones otorgadas por el Estado dominicano a los siguientes combatientes civiles: 1. Leonardo Antonio García Martínez [cédula] 2. Catalino Paredes Ferrer [cédula] 3. Pedro Rodríguez [cédula] 4. Rómulo Sena [cédula] 5. Ramón Antonio García Guzmán [cédula] 6. Juan Antonio Perdomo [cédula] 7. José Petronio De la Cruz [cédula] 8. Danilo Contreras Ozuna [cédula] 9. Ramón Acosta [cédula] 10. Tomás Durán Franco [cédula] 11. Domingo Turby Zapata [cédula] 12. Rafael Medina Féliz [cédula] 13. Pedro Sánchez [cédula] 14. Roky Rodin Lluberes Gonell [cédula] 15. Olivio Antonio Hernández [cédula] 16. Nelson Vásquez Martínez [cédula] 17. Francisco Romero Cabral [cédula] 18. José Ignacio Valdez Peralta [cédula] 19. José Altagracia Esquea Jiménez [cédula] 20. Héctor Rafael Zapata [cédula] 21. Elpidio Peña Castillo [cédula] 22. Luis Antonio Ureña [cédula] 23. Joaquín César Martínez [cédula] 24. Leopoldo Moreno [cédula] 25. Domingo Santana [cédula] 26. Luis Medina [cédula] 27. Luis Rafael Galarza Vidal [cédula] ARTÍCULO 3. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentran disfrutando de pensión otorgada por el Estado. Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. ARTÍCULO 5. Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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