Texto de la norma
Dec. No. 278-12 que otorga el nombramiento de Servidores Públicos de Carrera a Carolina Sánchez Pérez y Dioscoidy Isidro Paulino Robles. G. O. No. 10674 del 31 de mayo de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 278-12
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Funciôn Pflblica No. 41-08, del
16 de enero de 2008, la cual sustituye a la Ley N o.l4-9l de Selwicio Civil y Carrera
A dministrativa y su Reglam ento de Aplicaciôn Nflm . 8 l -94, la obtenciôn del estatus de
Carrera Adm inistrativa se completa con el Nombramiento de Carrera que expide el
Presidente de la Repflblica.
CONSIDERANDO: Que los nombres de los dos (2) selwidores incluidos en este decreto
corresponden a quienes previamente han aprobado el proceso legal de incorporaciôn a la
Carrera Administrativa por Concurso de Oposiciôn, en virtud de las disposiciones
contenidas en la Ley No. 41-08, de Funciôn Pflblica y el Reglam ento N o. 524-09, de
Reclutam iento y Selecciôn de Personal en la Adm inistraciôn Pflblica, los cuales han sido
validados por el Ministerio de Administraciôn Pflblica (MAP) y, en consecuencia, cumplen
con las formalidades legales que les hacen acreedores de recibir dichos nom bramientos.
CONSIDERANDO: Que la designaciôn de los cargos de los selwidores incluidos en este
Decreto se corresponde con las nom enclaturas de sus cargos.
V ISTOS: Los A rticulos 23, 26, 27, 29 y 36 de la Ley No. 41-08, citada.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo l28 de la Constituciôn de la
Repflblica, dicto el siguiente
D ECR ETO
Articulo 1. Se otorga el nombramiento de Servidores Pflblicos de Carrera (SPC), a los dos
(2) empleados pflblicos sehalados a continuaciôn:
Carolina Sânchez Pérez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.02l-
0007620-3, Auxiliar de Archivo, en el Consejo Nacional para la Nihez y la Adolescencia;
Dioscoidy lsidro Paulino Robles, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.033-
00l 8282-5, Analista de lnvestigaciôn de Defensa Comercial, en la Com isiôn Reguladora de
Prâcticas Desleales en el Com ercio.
Articulo 2. Enviese al M inisterio de Administraciôn
con-espondientes.
Pflblica (M AP) para los fines
DADO en Santo Domingo de Guzmân, Distrito Nacional, capital de la Repflblica
Dominicana a los veintinueve (29) dias del mes de mayo del aiïo dos mil doce (201 2),. ahos
l69 de la lndependencia y l49 de la Restauraciôn.
LEO NEL FERN AN D EZ
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