Texto de la norma
Dec. No. 276-12 que autoriza a la empresa lnversiones Punta Laguna SAS, a utilizar
parte de los 60 metros de la franja marina, para la modificaci6n del muelle que se
encuentra ubicado dentro de las parcelas Nos. 23-R-1, 23-Q; 23-Subd-14 y 23-R-3 del
D .C. N o. 10,2, provincia L a A ltagracia. G . 0 . N o. 10674 del 31 de m ayo de 2012.
LEO N EL FER NA N D EZ
Presidente de la R epéblica D om inicana
N UM ER O : 276-12
V ISTA: La Ley N o.305, del 23 de mayo del 1968.
V ISTA: La Ley Orgânica de Turism o de la Repflblica Dominicana No.54l , del 31 de
diciembre del l 969, y sus modificaciones.
V ISTA: La Ley No.84, del 26 de diciembre del 1979, que crea la Secretaria de Estado de
Turism o.
V ISTA: La Ley General de M edio Ambiente y Recursos N aturales No.64-00, del l 8 de
agosto de 2000.
V ISTA: La opiniôn emitida por el M inisterio de M edio Ambiente y Recursos Naturales, en
el Oficio N0.2576, del 16 de mayo de 2012.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo l28 de la Constituciôn de la
Repflblica dicto el siguiente
D E C R E T O :
A rticulo 1. Se autoriza a la em presa lnversiones Punta Laguna, SA , a utilizar parte de los
sesenta (60) metros de la franja marina, ubicada en los terrenos donde se encuentra el Hotel
lberostar Hacienda Dom inicus, para la modificaciôn del m uelle que se encuentra en el
proyecto, ubicado dentro de las Parcelas Nos.23-R-l , 23-Q; 23-Subd-l4, y 23-R-3, todas
del Distrito Catastral No.l0.2, M atriculas Nos.400000l990, 4000001993, 4000001989 y
4000001 992, respectivam ente, ubicadas en Higuey, provincia La Altagracia.
A rticulo 2. La autorizaciôn que se confiere por el presente decreto estarâ condicionada a
que el beneficiario haga uso racional de la franja marina y al cumplimiento previo de las
disposiciones aplicables, dispuestas en las leyes, decretos, reglamentos, norm as y
disposiciones administrativas, relativas a la construcciôn de infraestructuras turisticas y la
preselwaciôn del medio ambiente y los recursos naturales y a las recom endaciones
establecidas en el lnforme Técnico contenidas en el oficio N0.2576, del 16 de m ayo de
2012.
A rticulo 3. Enviese a los m inisterios de Turismo y de M edio Ambiente y Recursos
N aturales, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmân, Distrito Nacional, capital de la Repflblica
Dominicana a los veintinueve (29) dias del mes de mayo del aiïo dos mil doce (201 2),. ahos
l69 de la lndependencia y l49 de la Restauraciôn.
LEO NEL FERN AN D EZ
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