Texto de la norma
Dec. No. 266-12 que concede el beneficio de la jubilaci6n y asigna pensiones especiales
del Estado dom inicano a varias personas. G . 0 . N o. 10674 del 31 de m ayo de 2012.
LEO N EL FER NA N D EZ
Presidente de la R epéblica D om inicana
N UM ER O : 266-12
V ISTO : El Articulo 57, de la Constituciôn de la Repflblica.
V ISTA: La Ley N0.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del l l de
diciembre del l 98 l .
V ISTA: La comunicaciôn del l 8 de noviembre de 20l l , dirigida al Presidente de la
Repflblica, por el Presidente del Circulo de Reporteros Grâficos TV .
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo l28 de la Constituciôn de la
Repflblica, dicto el siguiente
D E C R E T O
ARTiCULO 1. Se concede el beneficio de una pensiôn especial del Estado dominicano a
las siguientes personas:
Al sehor Reyes Arcângel Alcântara, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula] , por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor José Antonio Jerônim o, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
3.
Al sehor Jesfls M anuel Lepin Alcântara, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Jorge Federico Hesky, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
5.
Al sehor Danilo A costa M ena, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
6.
Al sehor M elquiades Lorenzo M ontilla, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor José Altagracia Jerez, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.
[cédula] , por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00)
m ensuales.
8.
Al sehor Rolando Antonio M arte, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
No.00l-0055l 83-7, por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
9.
Al sehor Pedro M iguel Sapeg Peguero, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
l0.
Al sehor Cândido Francisco Fernândez M endoza, portador de la Cédula de
ldentidad y Electoral N[cédula] , por un monto de veinticinco mil pesos
con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Julio Anibal M oreno Valenzuela, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un monto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
l2.
Al sehor José M anuel Leger Féliz, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Rafael Octavio Nicasio De Paula, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
l4.
Al sehor Nelson Rafael M aria Am paro, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
l5.
Al sehor Julio César Santos Laureano, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Victor Juanito Peralta, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
l 7.
Al sehor Andrés José M aria Terrero Pérez, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N o. [cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Francisco Julio Arias Diloné, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
l 9.
Al sehor Luis Eduardo Nflhez M ena, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
20.
Al sehor César Agusto Fidencio Sânchez Rodriguez, portador de la Cédula de
ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos
con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Yuri Rafael Bueno Gautreaux, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula] , por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
22.
A la sehora Natalia Abréu Abréu, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor M arco Antonio Henriquez Colôn, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
24.
Al sehor Hugo Luis Gonzâlez Guzmân, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
25.
Al sehor Diôgenes lsidro Gutiérrez Nflhez, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral No.00l-022l 896-3, por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
A la sehora Digna M atos Batista, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
27.
Al sehor Héctor Augusto Ferdinand, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
No. [cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
28.
Al sehor Victor Nicolâs Polanco Toribio, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
29.
Al sehor Guillermo Reyes Torres, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
30.
Al sehor Daniel Cabrera, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00)
m ensuales.
de ldentidad y Electoral
m il pesos con 00/100
Al sehor Segundino Vizcaino, portador de la Cédula
N[cédula], por un m onto de veinticinco
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Liro Almonte, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.03l-
0283531-5, por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00)
m ensuales.
33.
A la sehora Benita De la Cruz Sepfllveda, portadora de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Félix Ramôn Valdez Ram os, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
35.
A la sehora Virginia Am inta Lapaix Arnô, portadora de la Cédula de ldentidad y
Electoral No.00l-0l 17203-9, por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
36.
A la sehora Ruh Elexida Cuello Lôpez, portadora de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Alberto del Carm en Sânchez Nflhez, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un monto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
38.
Al sehor Francisco del Rosario Peguero Bautista, portador de la Cédula de
ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos
con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.
39.
Al sehor Juliân Ernesto Guerra, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.
[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00)
m ensuales.
40.
Al sehor Palm enio Antonio Cruz Nflhez, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula] , por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor José Joaquin Pichardo, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.
[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00)
m ensuales.
Al sehor Ram ôn Antonio Adames Cordero, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Rafael Aponte Rojas, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
44.
Al sehor José Antonio Jiménez, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
45.
Al sehor César Augusto Fidencio Sânchez Rodriguez, portador de la Cédula de
ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos
con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.
46.
Al sehor Fausto Y saias Soriano Castillo, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
47.
Al sehor Victor M anuel M artinez Zorrilla, portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
Al sehor Santiago Sânchez Sarita, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula], por un m onto de veinticinco m il pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
ARTiCULO 2. El presente beneficio no serâ vâlido para aquellas personas que ya se
encuentren disfrutando de pensiôn otorgada por el Estado.
PiRRAFO: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrâ optar por aquella
pensiôn que m âs le favorezca.
ARTiCULO 3. Estas pensiones serân pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serân ejecutadas
por la Direcciôn General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del M inisterio de
Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expediciôn
del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones
pflblicas, en la Ley No.4l-08, sobre Funciôn Pflblica, en los casos que se aplique.
ARTiCULO 4. Dichas pensiones serân pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Gastos Pflblicos.
ARTICULO 5. Enviese al M inisterio de Hacienda, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmân, Distrito Nacional, capital de la Repflblica
Dominicana, a los veintidôs (22) dias del mes de mayo de dos mil doce (2012),. ahos l69 de
la lndependencia y l49 de la Restauraciôn.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.