Texto de la norma
Dec. No. 176-12 que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a permutar y traspasar a la compañía Fuerza Unida “J” “J”, C.xA. , varias porciones de terrenos en el Distrito Nacional. G. O. No. 10668 del 16 de abril de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 176-12
VISTO: El Artículo 128, numeral 3, letra d, de la Constitución de la República.
VISTAS: La Ley No.176-07, del 17 de julio del 2007, y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956.
VISTAS: La Resolución No.36/2011, de fecha 18 de noviembre del año 2011, del Consejo Municipal del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional, debidamente representado por el alcalde Esmérito Antonio Salcedo Gavilán, a permutar y traspasar a la compañía Fuerza Unida “J” “J” C.X.A, debidamente representada por el Ing. José Rosado Torres, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.[cédula], con su asiento social y oficina en la avenida Rómulo Betancourt No.1512, edificio profesional suite 402, ensanche Bella Vista, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, los siguiente inmuebles: “Solar No.1, con un área ocupada de ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados con veintitrés decímetros cuadrados (154.23 metros cuadrados), de la Manzana No.1538, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, propiedad del Ayuntamiento del Distrito Nacional, amparado en el Certificado de Título No.62-1067”; “Solar No.2, con un área ocupada de seiscientos ocho metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (608.20 metros cuadrados), de la Manzana No.1538, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, propiedad del Ayuntamiento del Distrito Nacional, amparado en el Certificado de Título No.62-1068”; “Solar No.3, con un área ocupada de setenta y dos punto cuatro metros cuadrados (72.04 metros cuadrados), de la Manzana No.1538, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, propiedad del Ayuntamiento del Distrito Nacional, amparado en el Certificado de Título No. 63-3834”; “Solar No.6, con un área ocupada de veintiocho punto un metros cuadrados (28.01 metros cuadrados), de la Manzana No.1538, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, propiedad del Ayuntamiento del Distrito Nacional, amparado en el Certificado de Título No.62-1069”; “Solar No.7, con un área ocupada de quinientos treinta y un metros cuadrados con noventa y siete decímetros cuadrados (531.97 metros cuadrados), de la Manzana No.1538, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, propiedad del Ayuntamiento del Distrito Nacional, amparado bajo el No. 474, folio No.119, libro No.40”. Por su parte, la compañía Fuerza Unida “J” “J” C.X.A, enajena desde hoy y para siempre con todas las garantías de derecho en calidad de permuta, a favor del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el siguiente inmueble: “Una porción de terreno que tiene una extensión superficial de mil seiscientos treinta metros cuadrados (1,630 metros cuadrados), dentro del ámbito de la Parcela No.6-REF-B-1-A-1-C-7-H-2-E-2, del Distrito Catastral No.4 del Distrito Nacional, quien justifica su derecho de propiedad en el Certificado de Título No.75-3654”.
ARTICULO 2. – Envíese al Ayuntamiento del Distrito Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de abril de dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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