Texto de la norma
Dec. No. 94-12 que deroga el Dec. No. 271-97, mediante el cual se creó el Parque de Zona Franca Industrial del municipio de Bayaguana. G. O. No. 10665 del 14 de marzo de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 94-12
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 271-97 del diez (10) de junio de 1997 el Poder Ejecutivo creó el Parque de Zona Franca Industrial del municipio Bayaguana, provincia Monte Plata, bajo la administración técnica y operativa de la Corporación de Fomento Industrial, actual Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA).
CONSIDERANDO: Que mediante comunicación del 25 de junio de 2010, el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA), solicitó al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación la cancelación del Parque de Zona Franca Industrial del municipio Bayaguana.
CONSIDERANDO: Que la empresa de que se trata cumplió con todos los requisitos legales establecidos por la Ley 8-90, del 15 de enero del año 1990, respecto al cierre de operaciones.
CONSIDERANDO: Que la solicitud de cancelación del Parque de Zona Franca del municipio Bayaguana fue conocida por los miembros del Consejo el catorce (14) del mes de julio del año 2010 y aprobada su solicitud de cancelación.
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Administrativa No. 1-10-CP del 14 de julio del 2010, el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, canceló el Parque de Zona Franca Industrial del municipio Bayaguana y decidió recomendar al Poder Ejecutivo la derogación del Decreto No. 271-97 del 10 de junio de 1997, mediante el cual se creó el Parque de Zona Franca Industrial del municipio Bayaguana.
VISTA: La Ley 8-90 del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes.
VISTO: El Decreto No. 271-97 del 10 de junio del año 1997.
VISTA: La Resolución Administrativa No. 1-10-CP, emitida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, en fecha 14 de julio del 2010.
En ejercicio de las atribuciones que nos confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el presente
DECRETO:
Artículo 1. Se deroga el Decreto número 271-97 del diez (10) de junio del año mil novecientos noventa y siete (1997), mediante el cual se creó el Parque de Zona Franca Industrial del municipio Bayaguana.
Artículo 2. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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