Dec. No. 60-12 que autoriza una impresión de estampillas para cigarrillos. G. O. No. 10664 del 29 de febrero de 2012.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 60-12
VISTA: La Ley No.2461, del 18 de julio del 1950, sobre Especies Timbradas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO ÚNICO: Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para cigarrillos:
400,000,000 (cuatrocientos millones) de estampillas para cigarrillos (cajetillas de fabricación nacional, del tipo de RD$0.135), color turquesa, en papel satinado de 55 libras.
PÁRRAFO: La impresión de este tipo de estampilla se hará en el mismo tamaño y con el mismo diseño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero de dos mil doce (2012); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona