Texto de la norma
Dec. No. 765-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10655 del 31 de diciembre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 765-11
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O
Artículo 1. El señor Otilio de Jesús Portorreal Frica, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Emmanuel de Jesús Portorreal Frica.
Artículo 2. El señor Fabio Pelagio Ozorio Zabala, queda autorizo a cambiar su nombre por el de Fabio Ozorio Zabala.
Artículo 3. La señora Luisa Confesora Martínez Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Luisa Martínez Rodríguez.
Artículo 4. La señora Virginia Collado Páez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Virginia Collado Páez.
Artículo 5. El señor Kendy Silverio Melo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jhanfranco Silverio Melo.
Artículo 6. La señora Juana Martínez Domínguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Zunilda Martínez Domínguez.
Artículo 7. La señora Melan Jean Sanó, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Melania Jean Sanó.
Artículo 8. La señora Wanda Esther Blanco Del Orbe, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yamilet Blanco Del Orbe.
Artículo 9. La señora Bartolina Céspedes Báez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Celenia Céspedes Báez.
Artículo 10. La señora Alejandrina Quezada Mena, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Olimpia Quezada Mena.
Artículo 11. La señora Usuarys Acosta Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Jusuarys Acosta Sánchez.
Artículo 12. La señora María Virginia Amancio Brea, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Esperanza Amancio Brea.
Artículo 13. La señora Celestina Féliz Carrasco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Celestina Féliz Carrasco.
Artículo 14. Los señores Ramón Mercedes Sánchez y Eduarda Elena Liriano Heredia, padres del menor Yafreicy Sánchez Liriano, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Yafrei Rogenni Sánchez Liriano.
Artículo 15. La señora María de Jesús Roque, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Jesús Roque.
Artículo 16. Los señores Richard Ruiz Dirocié e Isidra Altagracia Alcántara Contreras, padres de la menor Shakira Arlette Ruiz Alcántara, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija por el de Débora Ester Ruiz Alcántara.
Artículo 17. El señor George Emmanuel Rodríguez Mansfield, queda autorizado a cambiar su nombre por el de George Manuel Rodríguez Mansfield.
Artículo 18. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Dec. No. 766-11 asigna pensiones especiales del Estado a varias personas. G. O. No. 10655 del 31 de diciembre de 2011.
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