Texto de la norma
Dec. No. 746-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10655 del 31 de diciembre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 746-11
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido, por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. La señora Leocadia María Pineda Ramírez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Leocadia María Alfida Pineda Ramírez.
Artículo 2. La señora Luminada Tejada Reyes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz Minada Tejada Reyes.
Artículo 3. La señora Flora González Duarte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Florinda González Duarte.
Artículo 4. El señor Wendy Johanny Castillo Román, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Waldo Joan Castillo Román.
Artículo 5. La señora Virgen Grullat Contreras, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Virgen Grullat Contreras.
Artículo 6. El señor José Roberto Russell, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Alberto Russell.
Artículo 7. La señora Antonia Martínez Vásquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Esperanza Martínez Vásquez.
Artículo 8. La señora Fidelgia Delfa Sena Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Firgia Delfis Sena Matos.
Artículo 9. El señor Ysaiha Morel Evangelista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Isaías Morel Evangelista.
Artículo 10. La señora Felicita Dicent, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Felicia Dicent.
Artículo 11. El señor Gullen Pantroy De Jesús De la Cruz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Guillén Pantroy De Jesús De la Cruz.
Artículo 12. La señora Miladi Abréu, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nicaurys Abréu.
Artículo 13. La señora Isabel María Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Santa Isabel Rodríguez.
Artículo 14. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de diciembre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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