Texto de la norma
Dec. No. 740-11 que autoriza a varios oficiales generales de la Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, para que puedan aceptar y usar la condecoración Medalla de
Reconocimiento, otorgada por el Ministerio de Defensa de la República de China, Taiwán, por su labor en el proceso de ayuda y auxilio al pueblo y gobierno haitiano, a raíz del terremoto de enero del 2010. G. O. No. 10655 del 31 de diciembre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 740-11
VISTA: La comunicación No.2269, de fecha 21 de noviembre del 2011, dirigida al Poder Ejecutivo por el Mayor General Piloto Pedro Rafael Peña Antonio, F.A.D., (DEM), Asesor Militar del Señor Presidente de la República, mediante la cual solicita autorización para que varios oficiales generales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, puedan aceptar y usar la condecoración Medalla de Reconocimiento, otorgada por el Ministerio de Defensa de la República de China, Taiwán, por su labor en el proceso de ayuda y auxilio al pueblo y gobierno haitiano, a raíz del terremoto de enero 2010, luego de finalizar el "Curso Superior de Desarrollo Nacional", celebrado en ese país en el cursante año.
VISTAS: Las disposiciones de la Ley No. 1325, de fecha 13 de enero de 1947 y del Reglamento No. 4157, del 4 de febrero de 1947.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.-. Se autoriza a los siguientes oficiales generales de la Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, para que puedan aceptar y usar la condecoración Medalla de Reconocimiento, otorgada por el Ministerio de Defensa de la República de China, Taiwán, por su labor en el proceso de ayuda y auxilio al pueblo y gobierno haitiano, a raíz del terremoto de enero del 2010:
a) General de Brigada Francisco Antonio Ovalle Pichardo, E.N., (DEM).
b) General de Brigada Manuel S. Nadal Rosa, E.N., (DEM).
c) General de Brigada Piloto Marcos Mejía Sánchez, F.A.D., (DEM).
d) General de Brigada Alberto Olivo y Olivo, P.N., (DEM).
ARTÍCULO 2.-. Envíese al Ministerio de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de diciembre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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