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Decreto

Decreto 708-11

que modifica el Articulo 1 del Decreto No. 477-05, que crea la Oficina para el Reordenamiento del Transporte

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 nov de 2011fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10647Gaceta Oficial del 16 nov de 2011
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 708-11 que modifica el Articulo 1 del Decreto No. 477-05, que crea la Oficina para el Reordenamiento del Transporte. G. O. No. 10647 del 16 de noviembre de 2011. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 708-11 VISTO: El oficio No.58737, del 22 de septiembre de 2011, del Secretario de Estado, Director Ejecutivo de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO Artículo 1. Se modifica el Articulo 1, del Decreto No.477-05, del 11 de septiembre de 2005, para que diga de la siguiente manera: "Artículo 1. Se crea la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET), cuyas funciones principales serán las que se enumeran a continuación, de manera enunciativa, pero no limitativa. a) Diseñar y presentar a la Presidencia de la República un proyecto de Política Integral de Transporte, para su oportuna promulgación, puesta en marcha y ejecución. b) Realizar los estudios técnicos, legales e institucionales necesarios para conformar una Autoridad Autónoma y Unica del Tránsito y Transporte, para la administración de la política mencionada en el párrafo anterior, y para la regulación y control de los servicios de tránsito y transporte en la República Dominicana. c) Conformar una Unidad Ejecutora capaz de planificar, diseñar, construir, poner en marcha, operar y mantener las varias líneas del futuro Sistema de Transporte Rápido Masivo (SITRAM), que constituirán los ejes troncales de la Red Maestra del Sistema Integrado en la ciudad de Santo Domingo y de las demás ciudades del país que lo ameriten, en acción conjunta con las correspondientes rutas alimentadoras de autobuses y minibuses". Artículo 2. Envíese a la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de noviembre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona