Texto de la norma
Dec. No. 673-11 que declara la conformidad del Poder Ejecutivo con el Contrato de Concesión, entre el Ayuntamiento del municipio de Santiago y el Consorcio Green Wheels Dominicana, S.R.L. y Green Wheels Renewable, LLC, para la ejecución de obras y servicios para la valorización de los residuos sólidos urbanos y producción de energía del municipio de Santiago. G. O. No. 10647 del 16 de noviembre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 673-11
CONSIDERANDO: Que el Consejo Municipal de Regidores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Santiago, mediante la Resolución No. 2973-11/Bis, del 3 de agosto de 2011, aprobó a unanimidad, autorizar al señor Alcalde, Dr. Juan Gilberto Serulle Ramia, a firmar con la compañía GREEN WHEELS RENEWABLE L. L. C. y/o GREEN WHEELS DOMINICANA, S. R. L., el Contrato de Concesión para la Ejecución de Obras y Servicios para Valorización de los Residuos Sólidos Urbanos y Producción de Energía del Municipio de Santiago.
CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Contrataciones Públicas, mediante su Resolución No. 20/2011, del 8 de septiembre de 2011, aprobó el Procedimiento de Licitación Pública Internacional No. LPI-001-11-AS, llevado cabo por el Ayuntamiento de Santiago para concesionar la ejecución de obras y servicios para la Valorización de los Residuos Sólidos y Producción de Energía en el Municipio de Santiago.
CONSIDERANDO: Que la Ley No. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, en su Artículo No. 50, dispone que "todo contrato de concesión que implique inversión de recursos por parte del concesionario y cuyo plazo sea mayor de cinco años de duración, se considerará legalmente perfeccionado cuando cuente con la obtención de la Resolución del Órgano Rector de Contratación y Concesiones y el correspondiente Decreto del Poder Ejecutivo. Si la concesión implica exención de impuestos y/o enajenación de inmuebles deberá ser ratificado por el Congreso de la República. En el caso de los municipios, en adición, recibirán aprobación de la Sala Capitular".
VISTA: La Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio de 2007.
VISTO: El Artículo 50 de la Ley 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara la conformidad del Poder Ejecutivo con el Contrato de Concesión suscrito el 4 de agosto de 2011, entre el Ayuntamiento del Municipio de Santiago y el consorcio GREEN WHEELS DOMINICANA, S. R. L. y GREEN WHEELS RENEWABLE, LLC, para la Ejecución de Obras y Servicios para la Valorización de los Residuos Sólidos Urbanos y Producción de Energía del Municipio de Santiago, cuya duración ha sido estipulada en veinte (20) años.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ayuntamiento del Municipio de Santiago y a la Dirección General de Contrataciones Públicas, para su conocimiento y fines procedentes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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