Texto de la norma
Dec. No. 645-11 que autoriza a la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo, para que otorgue en arrendamiento, por el termino de veinte años, 150 solares dentro de la parcela No. 1, del D. C. No. 2, municipio San José de las Matas, Santiago. Modifica el Decreto No. 339-11 y deroga el párrafo del Art. 1 de dicho decreto. G. O. No. 10643 del 26 de octubre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 645-11
VISTA: La Ley No.542, del 31 de diciembre del 1969, que crea la Corporación de Fomento de la Industria y Desarrollo del Turismo (CORPHOTELS).
VISTA: La Ley No.1832, del 3 de noviembre del 1948, que instituye la Dirección General de Bienes Nacionales, modificada por la Ley No.2424, del 24 de junio del 1950, que establece la Administración General de Bienes Nacionales.
VISTO: El Decreto No.16-05, del 31 de enero de 2005, que declara a la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo, como entidad responsable que tendrá a su cargo las instalaciones de La Mansión Hotel y Parque y/o Parque Turístico Los Pinos (La Mansión).
VISTO: El Decreto No.339-11, del 27 de mayo de 2011, que autoriza a la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo, para que pueda arrendar por espacio de 20 años, ciento cincuenta (150) solares, dentro de la parcela No. 1, del D.C. No. 2, del municipio San José de las Matas, al proyecto Hotel y Cabañas La Mansión, para ser destinados a la construcción de villas turísticas, por parte de los arrendatarios.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1: Se modifica el Artículo 1, del Decreto No.339-11, del 27 de mayo de 2011, publicado en la Gaceta Oficial No.10622, para que rija de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1: Se autoriza a la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (CORPHOTELS), para que proceda a otorgar en arrendamiento, por el término de veinte (20) años, ciento cincuenta (150) solares, con un área de mil doscientos metros cuadrados (1,200 Mts.²) cada uno, dentro de la Parcela No.1, del D.C. No.2, del municipio San José de las Matas, provincia Santiago, Proyecto Hotel y Cabañas La Mansión, para ser destinados a la construcción de villas, por parte de los arrendatarios”.
ARTÍCULO 2: Se deroga el párrafo del Artículo 1, del Decreto No.339-11, del 27 de mayo de 2011.
ARTÍCULO 3: Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, ante la jurisdicción inmobiliaria del Departamento Norte, al Registrador de Títulos de Santiago y a la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (CORPHOTELS).
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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