Texto de la norma
Dec. No. 624-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10643 del 26 de octubre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 624-11
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La señora Santa Francisco Henríquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dialeyna Francisco Henríquez.
Artículo 2. El señor Krishna Camasta Cueto, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Samuel Camasta Cueto.
Artículo 3. La señora Regina Almonte, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Porfiria Almonte.
Artículo 4. La señora Matea Siri Ventura, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gisela Siri Ventura.
Artículo 5. La señora Nely Martínez Peralta, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Daysi Martínez Peralta
Artículo 6. La señora Benirda Altagracia Féliz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ramona Féliz.
Artículo 7. El señor Oscar Enrique Jiménez García, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Oscar Enrique Jiménez García.
Artículo 8. El señor Nocario Guerrero Cedeño, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Victor Guerrero Cedeño.
Artículo 9. El señor Luciano López Peralta, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Chanito López Peralta.
Artículo 10. Los señores Joaquín Ramírez Cruz y Nieves Altagracia Almonte López, padres del menor Geidy Ramírez Almonte, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Hugo Ramírez Almonte.
Artículo 11. La señora Evarita Zorrilla Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Raysa Zorrilla Martínez.
Artículo 12. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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