Texto de la norma
Dec. No. 583-11 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10640 del 10 de octubre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 583-11
VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones cooperativas:
Cooperativa de Vivienda y Servicios Múltiples Naifes Viviendas (COOPNAVI), con su asiento principal en la calle Colón No.15, San Juan de la Maguana, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintinueve (29) del mes de diciembre del año dos mil diez (2010).
Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Bello Atardecer, con su asiento principal en la calle Gastón Deligne esquina calle Toño Brea, Valverde, Mao, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha diecinueve (19) del mes de octubre del año dos mil siete (2007).
Grupo Cooperativo de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (COOP-OTTT), con su asiento principal en la calle Euclides Morillo esquina Pepillo Salcedo, Santo Domingo, D.N., República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintidós (22) del mes de febrero del año dos mil once (2011).
Grupo Cooperativo de Ahorros, Créditos y Servicios Eléctricos de Sabana Perdida (COOPSAPER), con su asiento principal en la manzana D.E, Urbanización Invi, Sabana Perdida, Santo Domingo Norte, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha seis (6) del mes de junio del año dos mil diez (2010).
Cooperativa de Producción Agroforestal Zambrana-Chacuey (COOPRAZAC), con su asiento principal en la carretera Cotui-Maimón, El Limpio, Zambrana, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha siete (7) del mes de julio del año dos mil cuatro (2004).
Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Propietarios y Choferes de Camiones Rígidos, Cabezotes, Furgones, Volteos y Volquetas de la Provincia Samaná (COOPSICAMPROSA), con su asiento principal en Sánchez, provincia de Samaná, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintiséis (26) del mes de abril del año dos mil nueve (2009).
Artículo 2.-Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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