Texto de la norma
Dec. No. 192-12 que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional, a vender y traspasar a favor del señor Ramón Andrés Taveras, una porción de terreno dentro de la parcela No. 309 (parte) del D.C. No. 32 del D.N., municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo. G. O. No. 10671 del 4 de mayo de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 192-12
VISTO: El Artículo 128, numeral 3, letra d, de la Constitución de la República.
VISTAS: La Ley No.176-07, del 17 de julio del 2007, y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956.
VISTA: La Resolución No.36/2011, de fecha 18 de noviembre del año 2011, del Consejo Municipal del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional, debidamente representado por el Alcalde Esmérito Antonio Salcedo Gavilán, a vender y traspasar al señor Ramón Andrés Taveras, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con su domicilio y residencia en la calle Tunti Cáceres No.207, Villa Juana, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, el siguiente inmueble: “Un área de cien metros cuadrados (100 MTS.2), Parcela No.309 (Parte), del Distrito Catastral No.32, del Distrito Nacional, actual municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, con los siguientes linderos: Al Norte: Parcela No.309-Resto; Al Sur: C/ Duarte; Al Este: Parcela No.309-Resto; Al Oeste: Parcela No.309-Resto”.
ARTICULO 2.- Envíese al Ayuntamiento del Distrito Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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