Texto de la norma
Dec. No. 491-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10636 del 14 de septiembre de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 491-11
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La señora Eligia Morillo Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mercedes Morillo Rodríguez.
Artículo 2. El señor Pedro Celestino Paniagua Reyes, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Peter Paniagua Reyes.
Artículo 3. La señora Emeteria Henríquez Castillo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Marina Henríquez Castillo.
Artículo 4. La señora Barbina Reyes Jiménez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Barbina Margarita Reyes Jiménez.
Artículo 5. La señora Silvia Sánchez Poché, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Silvia Sánchez Poché.
Artículo 6. La señora Ana Silvia Hernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Silvia Hernández.
Artículo 7. La señora Justina María Romero Bueno, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Agustina María Romero Bueno.
Artículo 8. El señor Joselin Peralta Abad, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jochy Peralta Abad.
Artículo 9. La señora Maria Nelly Severino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nelly María Severino.
Artículo 10. El señora Francis Dariel González Sepulveda, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Dariel González Sepulveda.
Artículo 11. La señora Adelina Canario Paredes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Adela Canario Paredes.
Artículo 12. El señor Vladimir Millers, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Blaise Vladimir Millers.
Artículo 13. La señora María Rosa Bernard Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa María Bernard Cruz.
Artículo 14. La señora Rosa María Miranda Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Mercedes Miranda Rodríguez.
Artículo 15. La señora Mercedes Indiana Eunice Piantini Del Castillo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Indiana Eunice Piantini Del Castillo.
Artículo 16. El señor Eliodoro Nepomuseno Hiraldo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Teófilo Nepomuseno Hiraldo.
Artículo 17. El señor Ceferino de Jesús Medina Reyes, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ceferino Antonio Medina Reyes.
Artículo 18. La señora Eliodora Nepomuseno Hiraldo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Teófila Nepomuseno Hiraldo.
Artículo 19. La señora Anacleta Pérez Ferreras, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Pérez Ferreras.
Artículo 20. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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