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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 471-11

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 2011fecha
Otrostipo
G. O. 10632Gaceta Oficial del 18 ago de 2011
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 471-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10632 del 18 de agosto de 2011. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 471-11 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. El señor Luis Neftalí Parra Santana, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Neftali Parra Santana. Artículo 2. La señora Leocadia De los Santos De Jesús, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eleocadia De los Santos De Jesús. Artículo 3. La señora María Paredes Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Estela Paredes Santana. Artículo 4. El señor Umercindo Castillo Herrera, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Gumersindo Castillo Herrera. Artículo 5. La señora Rosa Elida Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elida Mercedes Rodríguez. Artículo 6. La señora Lucesita Malena Reynoso, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz María Malena Reynoso. Artículo 7. El señor Mery Cándida Grullón Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Isaac Antonio Grullón Rodríguez. Artículo 8. La señora Estervina Berroa Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Estervina Berroa Martínez. Artículo 9. La señora Anabelle Esperanza de Jesús Quezada Richie, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Annabelle Esperanza de Jesús Quezada Richiez. Artículo 10. La señora Constancia Marte Heredia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Inés Marte Heredia. Artículo 11. Los señores José Francisco Santana y Alida Mercedes Pérez Liriano, padres del menor Crys Elizardys Santana Pérez, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Erys Elizardys Santana Pérez. Artículo 12. La señora Francisca Juana Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Francisca Cruz. Artículo 13. El señor Adviento Peguero, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Bienvenido Adviento Peguero. Artículo 14. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona