Texto de la norma
Dec. No. 471-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10632 del 18 de agosto de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 471-11
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. El señor Luis Neftalí Parra Santana, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Neftali Parra Santana.
Artículo 2. La señora Leocadia De los Santos De Jesús, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eleocadia De los Santos De Jesús.
Artículo 3. La señora María Paredes Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Estela Paredes Santana.
Artículo 4. El señor Umercindo Castillo Herrera, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Gumersindo Castillo Herrera.
Artículo 5. La señora Rosa Elida Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elida Mercedes Rodríguez.
Artículo 6. La señora Lucesita Malena Reynoso, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz María Malena Reynoso.
Artículo 7. El señor Mery Cándida Grullón Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Isaac Antonio Grullón Rodríguez.
Artículo 8. La señora Estervina Berroa Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Estervina Berroa Martínez.
Artículo 9. La señora Anabelle Esperanza de Jesús Quezada Richie, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Annabelle Esperanza de Jesús Quezada Richiez.
Artículo 10. La señora Constancia Marte Heredia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Inés Marte Heredia.
Artículo 11. Los señores José Francisco Santana y Alida Mercedes Pérez Liriano, padres del menor Crys Elizardys Santana Pérez, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Erys Elizardys Santana Pérez.
Artículo 12. La señora Francisca Juana Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Francisca Cruz.
Artículo 13. El señor Adviento Peguero, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Bienvenido Adviento Peguero.
Artículo 14. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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