Texto de la norma
Dec. No. 451-11 que declara el Decenio 2011-2020, como “Decenio de la Biodiversidad en la República Dominicana e instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales crear un Comité Nacional de Biodiversidad. G. O. No. 10632 del 18 de agosto de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 451-11
CONSIDERANDO: Que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado el Decenio del 2011 al 2020 como el "Decenio de las Naciones Unidas sabre la Biodiversidad " con el lema: "Viviendo en Armonía con la Naturaleza".
CONSIDERANDO: El alto interés del gobierno dominicano de promover e impulsar la importancia de la conservación y uso sostenible de la biodiversidad de la República Dominicana, especialmente en nuestra condición de territorio insular, involucrando a todos los sectores, organizaciones e instituciones del territorio nacional.
CONSIDERANDO: Que en la República Dominicana hemos elaborado la Estrategia Nacional sabre Biodiversidad y el Plan de Acción, dando seguimiento al Convenio de Diversidad Biológica (CDB), instrumento internacional clave para la conservación y el aprovechamiento sostenible de la biodiversidad y la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos y sus potencialidades, lo que constituye un logro de los Objetivos del Milenio para la superación de toda forma de pobreza.
VISTA: La Constitución Política de la República Dominicana del 26 de enero de 2010.
VISTO: El Convenio de Diversidad Biológica (CDB), aprobado par el Congreso Nacional el 25 de noviembre de 1996.
VISTA: La Ley No. 64-00, General sabre Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto del 2000.
VISTA: La Resolución 65/161, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el Convenio sobre la Diversidad Biológica, del 11 de marzo de 2011.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la Republica, dicta el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO 1.- Se declara el Decenio 2011-2020 como: "Decenio de la Biodiversidad" en la República Dominicana.
ARTICULO 2.- Se instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales crear un Comité Nacional de Biodiversidad, como organismo multisectorial e interinstitucional para el impulso e implementación de la Estrategia Nacional de Biodiversidad y el Plan de Acción.
ARTICULO 3.- Envíese al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para los fines precedentes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de agosto de dos once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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