Texto de la norma
Dec. No. 387-11 que autoriza a la empresa Larimar Beach Resort, S.A., a utilizar parte de la franja marina en Sosúa, Puerto Plata, para la construcción del Proyecto Turístico Victorian Residence, y deroga el Dec. No. 369-11. G. O. No. 10625 del 11 de julio de 2011.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 387-11
VISTA: La opinión emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su oficio No.553, del 17 de febrero de 2011.
VISTA: La opinión emitida por el Viceministerio de Turismo, en la comunicación de fecha 9 de mayo de 2011.
VISTA: La Ley No.305, del 23 de mayo del 1968.
VISTA: La Ley Orgánica de Turismo de la República Dominicana No.541, del 31 de diciembre del 1969, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley No.84, del 26 de diciembre del 1979, que crea la Secretaria de Estado de Turismo.
VISTA: La Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales No.64-00, del 18 de agosto de 2000.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
Articulo 1. Se autoriza a la empresa Larimar Beach Resort, S. A., a utilizar parte de los sesenta (60) metros de la franja marina, para la remodelación, ampliación y construcción de un atracadero, dentro del Proyecto Turístico Victorian Residences, antiguo Larimar Beach Resort, ubicado en la Parcela No.1-Ref.-36, del Distrito Catastral No.2, en el municipio de Sosúa, provincia Puerto Plata.
Articulo 2. La autorización que se confiere por el presente decreto estará condicionada a que el beneficiario haga uso racional de la franja marina y al cumplimiento previo de las disposiciones aplicables, dispuestas en las leyes, decretos, reglamentos, normas y disposiciones administrativas, relativas a la construcción de infraestructuras turísticas y la preservación del medioambiente y los recursos naturales.
Articulo 3. El presente decreto deroga y sustituye el Decreto No.369-11, del 10 de junio de 2011.
Articulo 4. Envíese a los ministerios de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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