Texto de la norma
Dec. No. 394-11 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10625 del 11 de julio de 2011.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 394-11
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambio de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La señora Gumercinda Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lucinda Rosario.
Artículo 2. La señora Deici Miguelina Acosta Valerio, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Daisy Miguelina Acosta Valerio.
Artículo 3. La señora Carmen Rosa Díaz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yoselyn Díaz.
Artículo 4. La señora Casimira Ogando Lerebours, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Hilda María Ogando Lerebours.
Artículo 5. Los señores Usama Hussein Waked El Hage y María José Almánzar Bordas, padres del menor Eduardo Andrés Hussein Waked Almánzar, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Bilal Eduardo Waked Almánzar.
Artículo 6. La señora Elsa Josefa Domínguez Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elsa Josefina Domínguez Guzmán.
Artículo 7. La señora Clarilsa Altagracia Mojica Fernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Claritza Altagracia Mojica Fernández.
Artículo 8. Los señores Ramón Antonio Concepción Orbe y Yhanly González Frías, padres del menor Carlos Emil Concepción González quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Ramón Emil Concepción González.
Artículo 9. El señor Juan Antonio Collado Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Collado Rodríguez.
Artículo 10. El señor Gerami Mauricio Tejada Tejada, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Genrri Mauricio Tejada Tejada.
Artículo 11. La señora Francis Margaret Ruiz Guilamo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Francia Margaret Ruiz Guilamo.
Artículo 12. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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