miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 324-11

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS A PARTICULARES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 may de 2011fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10617Gaceta Oficial del 20 may de 2011
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 324-11 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos a particulares. G. O. No. 10617 del 20 de mayo de 2011. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 324-11 VISTAS: La Ley No.176-07, del 17 de julio del 2007, y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956. VISTO: El Artículo 128, numeral 3, letra d, de la Constitución de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata, a vender a los señores Adalberto, María y Ramón Eligio Royer Hernández, un solar que se encuentra dentro del solar catastral No.79, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.335/98, Manzana No.79, con un área corregida de 279.38 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Jhon F. Kennedy; al Sur, Sra. Elsa Clisante; al Este, calle 20 de diciembre; y al Oeste, Sra. Isabel Bird, por la suma de ochenta y seis mil novecientos noventa y tres pesos con 75/100 (RD$86, 993.75). ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora María Mercedes Jerez, un solar No.541, ubicado en la calle Constitución No.13, manzana No.79, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 302.54 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Constitución; al Sur, solar No.15; al Este, solar No.4; y al Oeste, solar No.2, por la suma de sesenta mil quinientos ocho pesos con 00/100 (RD$60,508.00). ARTÍCULO 3.- Se modifica el Artículo 17, del Decreto No.707-10, de fecha 15 de diciembre de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Barahona, a vender a la señora Rosa Gladys Céspedes, un solar dentro de la Parcela Catastral No.51, del Distrito Catastral No.2, con designación municipal del solar No.15, manzana No.4, del municipio de Barahona, con un área corregida de 232.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, propiedad Ministerio Obras Públicas; al Sur, calle Proyecto; al Este, Edgar Feliz Méndez; y al Oeste, solar municipal, por la suma de cuarenta y seis mil quinientos noventa y dos pesos con 00/100 (RD$46,592.00). ARTÍCULO 4.- Se modifica el Artículo 12, del Decreto No.707-10, de fecha 15 de diciembre de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Dajabón, a vender al señor Genaro Antonio Reynoso Fernández, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.44 y Solar Catastral No.2, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Dajabón, con un área corregida de 293.10 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Juan Pablo Duarte; al Sur, solar municipal No.20 y 21; al Este, solar municipal No.17; y al Oeste, solar municipal No.15, por la suma de treinta y seis mil doce pesos con 50/100 (RD$36,012.50). ARTÍCULO 5.- Se modifica el Artículo 30, del Decreto No.588-10, de fecha 16 de octubre de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, a vender a la señora Cristina Fernández, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.2-B, porción B, de la manzana No.35, del Distrito Catastral No.1, solar municipal No.603, del municipio de Santiago, con un área corregida de 131.66 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.602; al Sur, solar municipal No.604; al Este, solar municipal No.605-B; y al Oeste, calle No.25, por la suma de veintidós mil trescientos ochenta y dos pesos con 20/100 (RD$22,382.20). ARTÍCULO 6.- Se modifica el Artículo 14, del Decreto No.707-10, de fecha 15 de diciembre de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Rosa Marte, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con una designación municipal 4, de la manzana No.8, del municipio de Santiago, con un área corregida de 118.07 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.22; al Sur, calle No.24 del Concho; al Este, solar No.3; y al Oeste, solar No.5, por la suma de cuarenta y siete mil doscientos veintiocho pesos con 00/100 (RD$47,228.00). ARTÍCULO 7.- Se modifica el Artículo 32, del Decreto No.159-10, de fecha 19 de marzo de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, a vender a los señores Rafael Ramón Rodríguez, Feliz Berto Rodríguez, Jorge Lorenzo Rodríguez y Rafael A. Rodríguez, un solar municipal No.858-A-1, de la manzana No.41, correspondiente a la Parcela Catastral No.1-B-2, porción E, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.50-69, manzana No.1, con un área corregida de 567.37 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, carretera Luperón; al Sur, propiedad de suc. De J.J. Julia; al Este, solar municipal No.858-A-2; y al Oeste, callejón, por la suma de un millón novecientos ochenta y cinco mil setecientos noventa y cinco pesos con 00/100 (RD$1,985,795.00). ARTÍCULO 8.- Se modifica el Artículo 20, del Decreto No.588-10, de fecha 16 de octubre de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, a vender a la señora Antonia Del Carmen Yoselin Sánchez Vásquez, un solar municipal No.820, de la manzana No.38, solar catastral No.377, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 116.25 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.821; al Sur, calle Onofre de Lora; al Este, solar municipal No.822; y al Oeste, solar municipal No.818, por la suma de ochenta y un mil trescientos setenta y cinco pesos con 00/100 (RD$81,375.00). ARTÍCULO 9.- Se modifica el Artículo 34, del Decreto No.707-10, de fecha 15 de diciembre de 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, a vender a los sucesores de Estanislao Castro y Compartes, un solar dentro del Solar Catastral No.94, correspondiente a la Parcela Catastral No.14, de la manzana catastral No.157, del Distrito Catastral No.1, solar municipal No.1, manzana No.65, con un área corregida de 330.39 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1382; al Sur, calle El Sol; al Este, solar municipal No.1380; y al Oeste, calle Capotillo, por la suma de treinta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$39,784.00). ARTICULO 10.- Envíese al Ministerio de Interior y Policía, y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de mayo del año dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona