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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 311-11

que crea e integra la Comisión Nacional para Conmemorar el 50 Aniversario del Ajusticiamiento del Dictador Rafael L. Trujillo. Deroga el Dec. No. 208-11

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 may de 2011fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10617Gaceta Oficial del 20 may de 2011
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Administrativo de la PresidenciaMiembro de un órganola Ministra de Educación
José Rafael Pérez ModestoMiembro de un órganoun representante de la Fundación 30 de Mayo
Luis Manuel Pellerano AmiamaMiembro de un órgano—
Lindín González Vda. TejadaMiembro de un órgano—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 311-11 que crea e integra la Comisión Nacional para Conmemorar el 50 Aniversario del Ajusticiamiento del Dictador Rafael L. Trujillo. Deroga el Dec. No. 208-11. G. O. No. 10617 del 20 de mayo de 2011. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 311-11 CONSIDERANDO: Que la noche del 30 de mayo del 1961 fue ajusticiado el dictador Rafael L. Trujillo por un grupo de patriotas que se propuso coadyuvar el desmantelamiento de uno de los regímenes de fuerza más sangrientos de América, el cual gobernó a través de una cruel e inhumana dictadura al pueblo dominicano, desde 1930 hasta 1961. CONSIDERANDO: Que la lucha del pueblo dominicano contra la tiranía de Trujillo se materializó desde su advenimiento al poder, tanto desde el país como desde el extranjero, y que fueron muchos los patriotas que ofrendaron sus vidas en el transcurso de esas tres décadas de resistencia, en procura de proporcionar al país un régimen de libertades públicas, en el marco de un sistema democráticos y de justicia social. CONSIDERANDO: Que el 30 de mayo de 1961 ha sido consagrado para la posteridad como “Día de la Libertad”, y que a partir del momento en que se materializó el resonante hecho político que significó la desaparición física del tirano, el pueblo dominicano le confirió a ese acontecimiento categoría de gesta patriótica y heroica. CONSIDERANDO: Que el ajusticiamiento del dictador Rafael L. Trujillo fue realizado por un grupo de ciudadanos cuya audaz hazaña les aseguró un lugar en el templo de los Héroes de la Patria y en la gratitud colectiva, y por tal razón es deber de las generaciones posteriores preservar y rememorar de manera sostenida la trascendencia histórica de esa efemérides nacional y latinoamérica. CONSIDERANDO: Que el 30 de mayo de este 2011 se cumplen 50 años del ajusticiamiento del dictador Rafael L. Trujillo, y que el Estado dominicano está comprometido con impulsar el progreso económico y social del pueblo dominicano, así como estimular el fortalecimiento de la identidad nacional por medio del conocimiento y respeto de las efemérides patrias más trascendentales de su devenir histórico. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1.- Se crea la Comisión Nacional para conmemorar el 50 Aniversario del Ajusticiamiento del dictador Rafael L. Trujillo, que estará integrada por el Ministro Administrativo de la Presidencia, la Ministra de Educación, el Ministro de Cultura, el Presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, el Secretario de Estado sin Cartera, Gerente General de la Comisión Nacional de Seguridad Social, Lic. José Rafael Pérez Modesto, un representante de la Fundación 30 de Mayo, un representante de la Federación de Fundaciones Patrióticas, el Presidente de la Academia Dominicana de la Historia, el Héroe Nacional Mayor General Antonio Imbert Barrera, el Lic. Luis Manuel Pellerano Amiama y la señora Lindín González Vda. Tejada. ARTÍCULO 2.- Esta comisión dirigirá y coordinará todas las actividades relacionadas con la conmemoración del 50 aniversario del tiranicidio, para lo cual creará su propia estructura de trabajo y dirección, haciendo las recomendaciones pertinentes al Poder Ejecutivo, quien dará todo el respaldo necesario para que los actos programados al efecto alcancen su mayor esplendor. ARTÍCULO 3.- El presente decreto deroga el Decreto No. 208-11, del 26 de marzo de 2011. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo de dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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