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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 315-11

que otorga el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado por antigüedad en el servicio y por discapacidad a varios médicos, bioanalistas y enfermeras

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 may de 2011fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10617Gaceta Oficial del 20 may de 2011
Poder Ejecutivoórgano
85personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Margot Diaz SiriEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gertrudis Del Orbe Sánchez de UlloaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Natividad Garabitos RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefa Isabel Vidal RecioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Susana Hernández GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Feliz PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Grullón GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Adela Brito Puello de NinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sonia Teresa González Soto de RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Gómez de MateoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elsa Francisca AbréuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Rosario HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ida Luisa Isaac BenjamínEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Regina Silverio DelmonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Justina Candelario JavierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Beridiana Burgos JiménezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Humildad María López Ayala de ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza FiguereoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aldeana Hiraldo Cabrera de ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Agustina Durán AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mireya Paulino ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirtha Yolanda Suero GermánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Jacinta Guillén RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Celeste Santos GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Simeona Altagracia Esquea GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Belkis Fior Dalisa Nolasco BeatoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Paulina Amaro CorreaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Néctora Reyes OzoriaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Daysi Montero De OleoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysbelia Luna PuelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luisa Arelis Cepeda Almonte de RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucía CuelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Benita De los Santos y AscencioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Julia Cuevas Cuello de ZapataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nely Agustina Rosario de GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Rosario UbriEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Delfina Féliz FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Constancia Suárez BrunoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Lebrón DíazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Edita De Jesús SotoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lourdes Angélica Vélez DíazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelina GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fior D' Aliza Camejo PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Iris Margarita Oller MontesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Milagros Taveras Alba de MejíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alba del Carmen Gómez SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Dolores Wisky de LunaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dinorah María Ubri Eusebio de SisaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mary Rosa Ascensión Almánzar SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Urbana Elena Cuevas FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ydeiny Pimentel FragosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nicio Manuel De la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juliana Borromé Balbuena de MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Adria Viviana MolinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Matilde Suero OzorioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Milagros De Jesús De la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nurys Altagracia Mercedes Portes GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón AndujarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maira Mercedes Lozano Rosario de MercadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Corina Virginia Peña MeloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Urania Cuello RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Núñez De la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rufina Tejada Burgos de RosarioPensión—RD$26,778.00
Esperanza Caridad Rufino Amézquita de GarcíaPensión—RD$50,000.00
Georgina RodríguezPensión—RD$18,770.00
Rafaela Andreína Español BalaguerPensión—RD$25,127.00
Fremio Cenojas OvallesPensión—RD$20,000.00
Juvenal Díaz CartagenaPensión—RD$20,000.00
Juan Pablo Páez PolancoPensión—RD$20,000.00
Antonio Manuel Camilo ReynosoPensión—RD$20,000.00
Rafael Orlando Andújar LemonterPensión—RD$30,000.00
Rosa Leonidas Mercedes BatistaPensión—RD$30,000.00
Blanca Marisela Suero Cavallo de PouPensión—RD$30,000.00
Mercedes Elena Cabreja MonciónPensión—RD$30,000.00
Silvia Espinal GonzálezPensión—RD$42,000.00
Margarita Montás SánchezPensión—RD$30,000.00
Hilda María Isabel De los Santos FigueroaPensión—RD$25,000.00
Mercedes Altagracia Jiménez RodríguezPensión—RD$30,000.00
Luis Antonio Feliz ReyesPensión—RD$30,000.00
Santa De León MelencianoPensión—RD$25,000.00
Rosa Arelis Miguel CruzPensión—RD$25,000.00
Baldomero Emilia Reyes de AcostaPensión—RD$30,000.00
Ana Francisca Hernández MontejoPensión—RD$30,000.00
Silvia Milagros GarcíaPensión—RD$25,000.00
Juana Altagracia Novas BelloPensión—RD$30,000.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (26,094 caracteres)
Dec. No. 315-11 que otorga el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado por antigüedad en el servicio y por discapacidad a varios médicos, bioanalistas y enfermeras. G. O. No. 10617 del 20 de mayo de 2011. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 315-11 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. VISTOS: Los oficios Nos.8166, 8227, y 8233, del 26 de abril de 2011, elevados al Presidente de la República por el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, donde solicita las pensiones de varios empleados de ese Ministerio y del Colegio Dominicano de Bioanalistas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Articulo 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano, por antigüedad en el servicio, a los siguientes servidores públicos: 1. Después de una labor de 35 años en la Administración Pública, a la señora Margot Diaz Siri, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de diecinueve mil doscientos setenta y tres pesos con 00/100 (RD$19,273.00), mensuales. 2. Después de una labor de 32 años en la Administración Pública, a la señora Gertrudis Del Orbe Sánchez de Ulloa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos con 00/100 (RD$25,446.00), mensuales. 3. Después de una labor de 24 años en la Administración Pública, a la señora María Natividad Garabitos Rodriguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil sesenta y seis pesos con 00/100 (RD$20,066.00), mensuales. 4. Después de una labor de 36 años en la Administración Pública, a la señora Josefa Isabel Vidal Recio, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil quinientos setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$25,574.00), mensuales. 5. Después de una labor de 34 años en la Administración Pública, a la señora Ramona Susana Hernández García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta mil ochocientos veintitrés pesos con 00/100 (RD$30,823.00), mensuales. 6. A la señora Rufina Tejada Burgos de Rosario, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiséis mil setecientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$26,778.00), mensuales. 7. A la señora Esperanza Caridad Rufino Amézquita de García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00), mensuales. 8. A la señora Georgina Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de dieciocho mil setecientos setenta pesos con 00/100 (RD$18,770.00), mensuales. 9. Después de una labor de 26 años en la Administración Pública, a la señora Rosa Feliz Pérez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y dos pesos con 00/100 (RD$48,342.00), mensuales. 10. Después de una labor de 41 años en la Administración Pública, al señor Rafael Antonio Grullón García, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil quinientos setenta y tres pesos con 00/100 (RD$29,573.00), mensuales. 11. Después de una labor de 49 años en la Administración Pública, a la Juanita Boddy de Mendoza, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco pesos con 00/100 (RD$39,655.00), mensuales. 12. Después de una labor de 49 años en la Administración Pública, a la señora Rosa Adela Brito Puello de Nina, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil seis pesos con 00/100 (RD$29,006.00), mensuales. 13. Después de una labor de 48 años en la Administración Pública, a la señora Sonia Teresa González Soto de Rosario, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y cinco mil setecientos setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$35,774.00), mensuales. 14. Después de una labor de 45 años en la Administración Pública, a la señora Ramona Gómez de Mateo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta mil sesenta y ocho pesos con 00/100 (RD$30,068.00), mensuales. 15. Después de una labor de 43 años en la Administración Pública, a la señora Elsa Francisca Abréu, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y un mil ochocientos ochenta y siete pesos con 00/100 (RD$41,887.00), mensuales. 16. Después de una labor de 31 años en la Administración Pública, a la señora Francisca Rosario Herrera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil novecientos veintitrés pesos con 00/100 (RD$29,923.00), mensuales. 17. Después de una labor de 42 años en la Administración Pública, a la señora Ida Luisa Isaac Benjamín, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y ocho mil ciento cuarenta y dos pesos con 00/100 (RD$38,068.00), mensuales. 18. Después de una labor de 24 años en la Administración Pública, a la señora Regina Silverio Delmonte, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintitrés mil ciento ochenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$23,184.00), mensuales. 19. Después de una labor de 41 años en la Administración Pública, a la señora Justina Candelario Javier, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil trescientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$29,371.00), mensuales. 20. Después de una labor de 36 años en la Administración Pública, a la señora Beridiana Burgos Jiménez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y tres mil doscientos setenta y cinco pesos con 00/100 (RD$33,275.00), mensuales. 21. Después de una labor de 36 años en la Administración Pública, a la señora Humildad María López Ayala de Reynoso, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil quinientos setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$25,574.00), mensuales. 22. Después de una labor de 36 años en la Administración Pública, a la señora Maritza Figuereo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiséis mil trescientos noventa y ocho pesos con 00/100 (RD$26,398.00), mensuales. 23. Después de una labor de 33 años en la Administración Pública, a la señora Aldeana Hiraldo Cabrera de Reynoso, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiocho mil quinientos ochenta y dos pesos con 00/100 (RD$28,582.00), mensuales. 24. Después de una labor de 31 años en la Administración Pública, a la señora María Agustina Durán Acosta, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y un mil doscientos sesenta y nueve pesos con 00/100 (RD$31,269.00), mensuales. 25. Después de una labor de 34 años en la Administración Pública, a la señora Mireya Paulino Valdez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y cuatro mil quinientos noventa y dos pesos con 00/100 (RD$34,592.00), mensuales. 26. Después de una labor de 34 años en la Administración Pública, a la señora Mirtha Yolanda Suero Germán, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y tres mil trescientos pesos con 00/100 (RD$33,300.00), mensuales. 27. Después de una labor de 33 años en la Administración Pública, a la señora Ana Jacinta Guillén Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintisiete mil novecientos ochenta y un pesos con 00/100 (RD$27,981.00), mensuales. 28. Después de una labor de 33 años en la Administración Pública, a la señora Celeste Santos Garcia, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cincuenta y seis mil cincuenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$56,054.00), mensuales. 29. Después de una labor de 33 años en la Administración Pública, a la señora Simeona Altagracia Esquea Garcia, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil novecientos treinta y cuatro pesos con 00/100 (RD$43,934.00), mensuales. 30. Después de una labor de 32 años en la Administración Pública, a la señora Belkis Fior Dalisa Nolasco Beato, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticuatro mil ciento sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$24,164.00), mensuales. 31. Después de una labor de 41 años en la Administración Pública, a la señora Paulina Amaro Correa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiséis mil setecientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$26,778.00), mensuales. 32. Después de una labor de 56 años en la Administración Pública, a la señora Néctora Reyes Ozoria, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil seiscientos sesenta y ocho pesos con 00/100 (RD$29,668.00), mensuales. 33. Después de una labor de 40 años en la Administración Pública, a la señora Daysi Montero De Oleo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de diecinueve mil doscientos ochenta y tres pesos con 00/100 (RD$19,283.00), mensuales. 34. Después de una labor de 43 años en la Administración Pública, a la señora Ysbelia Luna Puello, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil seiscientos sesenta y ocho pesos con 00/100 (RD$29,668.00), mensuales. 35. Después de una labor de 38 años en la Administración Pública, a la señora Luisa Arelis Cepeda Almonte de Rosario, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiséis mil setecientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$26,778.00), mensuales. 36. Después de una labor de 37 años en la Administración Pública, a la señora Lucía Cuello, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil ciento noventa y un pesos con 00/100 (RD$25,191.00), mensuales. 37. Después de una labor de 39 años en la Administración Pública, a la señora Benita De los Santos y Ascencio, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiséis mil setecientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$26,778.00), mensuales. 38. Después de una labor de 49 años en la Administración Pública, a la señora Ana Julia Cuevas Cuello de Zapata, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintinueve mil doscientos ochenta y tres pesos con 00/100 (RD$29,283.00), mensuales. 39. Después de una labor de 37 años en la Administración Pública, a la señora Nely Agustina Rosario de González, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil quinientos setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$25,574.00), mensuales. 40. Después de una labor de 38 años en la Administración Pública, a la señora Altagracia Rosario Ubri, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil cuatrocientos sesenta pesos con 00/100 (RD$25,460.00), mensuales. 41. Después de una labor de 37 años en la Administración Pública, a la señora Delfina Féliz Féliz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veintiséis mil setecientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$26,778.00), mensuales. 42. Después de una labor de 37 años en la Administración Pública, a la señora María Constancia Suárez Bruno, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil quinientos setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$25,574.00), mensuales. 43. Después de una labor de 44 años en la Administración Pública, al señor Miguel Lebrón Díaz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y dos mil trescientos veintitrés pesos con 00/100 (RD$42,323.00), mensuales. 44. Después de una labor de 30 años en la Administración Pública, a la señora Edita De Jesús Soto, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil novecientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$43,971.00), mensuales. 45. Después de una labor de 33 años en la Administración Pública, a la señora Lourdes Angélica Vélez Díaz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00), mensuales. 46. Después de una labor de 32 años en la Administración Pública, a la señora Marcelina González, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00), mensuales. 47. Después de una labor de 30 años en la Administración Pública, a la señora Fior D' Aliza Camejo Pérez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00). 48. Después de una labor de 18 años en la Administración Pública, a la señora Iris Margarita Oller Montes, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00). 49. Después de una labor de 31 años en la Administración Pública, a la señora María Milagros Taveras Alba de Mejía, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil novecientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$25,971.00). 50. Después de una labor de 25 años en la Administración Pública, a la señora Alba del Carmen Gómez Santana, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de sesenta y un mil pesos con 00/100 (RD$61,000.00). 51. Después de una labor de 21 años en la Administración Pública, a la señora Luz Dolores Wisky de Luna, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00). 52. Después de una labor de 29 años en la Administración Pública, a la señora Dinorah María Ubri Eusebio de Sisa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y tres pesos con 00/100 (RD$48,583.00). 53. Después de una labor de 31 años en la Administración Pública, a la señora Mary Rosa Ascensión Almánzar Santos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00). 54. A la señora Rafaela Andreína Español Balaguer, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil ciento veintisiete pesos con 00/100 (RD$25,127.00). Artículo 2. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano, por discapacidad, a los siguientes servidores públicos: 1. Después de una labor de 15 años en la Administración Pública, a la señora Urbana Elena Cuevas Féliz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y un mil setecientos veintinueve pesos con 00/100 (RD$31,729.00), mensuales. 2. Después de una labor de 21 años en la Administración Pública, a la señora Ydeiny Pimentel Fragoso, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00), mensuales. 3. Después de una labor de 19 años en la Administración Pública, al señor Nicio Manuel De la Rosa, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta y tres mil trescientos diez pesos con 00/100 (RD$33,310.00), mensuales. 4. Después de una labor de 17 años en la Administración Pública, a la señora Juliana Borromé Balbuena de Martínez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil novecientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$43,971.00), mensuales. 5. Después de una labor de 19 años en la Administración Pública, a la señora Adria Viviana Molina, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil novecientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$43,971.00), mensuales. 6. Después de una labor de 20 años en la Administración Pública, a la señora Matilde Suero Ozorio, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil novecientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$25,971.00), mensuales. 7. Después de una labor de 23 años en la Administración Pública, a la señora Milagros De Jesús De la Rosa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil ciento ocho pesos con 00/100 (RD$43,108.00), mensuales. 8. Después de una labor de 10 años en la Administración Pública, a la señora Nurys Altagracia Mercedes Portes García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y un mil trescientos cinco pesos con 00/100 (RD$41,305.00), mensuales. 9. Después de una labor de 30 años en la Administración Pública, al señor Ramón Andujar, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00), mensuales. 10. Después de una labor de 25 años en la Administración Pública, a la señora Maira Mercedes Lozano Rosario de Mercado, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$43,750.00), mensuales. 11. Después de una labor de 15 años en la Administración Pública, a la señora Corina Virginia Peña Melo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta y tres mil setecientos pesos con 00/100 (RD$43,700.00), mensuales. 12. Después de una labor de 21 años en la Administración Pública, a la señora Urania Cuello Ramírez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00), mensuales. Artículo 3. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a los siguientes servidores públicos: 1. Al señor Luis Núñez De la Cruz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00), mensuales. 2. Al señor Fremio Cenojas Ovalles, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00), mensuales. 3. Al señor Juvenal Díaz Cartagena, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00), mensuales. 4. Al señor Juan Pablo Páez Polanco, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00), mensuales. 5. Al señor Antonio Manuel Camilo Reynoso, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00), mensuales. Artículo 4. Se modifican los Numerales 1262 y 1343, del Artículo 1, del Decreto No.289-94, del 27 de septiembre del 1994, para que en lo delante rijan de la siguiente manera: "1262. Después de una labor de 37 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado al señor Rafael Orlando Andújar Lemonter, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." "1343. Después de una labor de 20 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Rosa Leonidas Mercedes Batista, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." Artículo 5. Se modifican los Numerales 14, 22 y 30, del Artículo 1, del Decreto No.374-09, del 7 de julio de 2004, para que en lo delante rijan de la siguiente manera: "14. Después de una labor de 28 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Blanca Marisela Suero Cavallo de Pou, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." "22. Después de una labor de 32 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Mercedes Elena Cabreja Monción, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." "30. Después de una labor de 30 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Silvia Espinal González, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta y dos mil pesos con 00/100 (RD$42,000.00) mensuales." Artículo 6. Se modifica el Numeral 48, del Artículo 2, del Decreto No.374-09, del 7 de julio de 2004, para que en lo adelante rija de la siguiente manera: "48. Después de una labor de 44 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Margarita Montás Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." Artículo 7. Se modifican los Numerales 19, 20, 25, 28 31, 35 y 45, del Artículo 1, del Decreto No.142-08, del 24 de mayo de 2008, para que en lo adelante rijan de la siguiente manera: "19. Después de una labor de 36 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Hilda María Isabel De los Santos Figueroa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales." "20. Después de una labor de 38 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Mercedes Altagracia Jiménez Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." "25. Después de una labor de 33 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado al señor Luis Antonio Feliz Reyes, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." "28. Después de una labor de 21 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Santa De León Melenciano, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales." "31. Después de una labor de 31 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Rosa Arelis Miguel Cruz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales." "35. Después de una labor de 34 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Baldomero Emilia Reyes de Acosta, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." "45. Después de una labor de 34 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Ana Francisca Hernández Montejo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." Artículo 8. Se modifica el Numeral 5321, del Artículo 1, del Decreto No.323-96, del 15 de agosto del 1996, para que en lo delante rijan de la siguiente manera: "5321. Después de una labor de 30 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Silvia Milagros García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales." Artículo 9. Se modifica el Numeral 573, del Artículo 1, del Decreto No.655-04, del 14 de julio del 2004, para que en lo delante rijan de la siguiente manera: "573. Después de una labor de 27 años en la Administración Pública, se concede el beneficio de la jubilación y se otorga una pensión del Estado a la señora Juana Altagracia Novas Bello, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales." Artículo 10 El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario (a) podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. Artículo 11. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y la misma será ejecutada por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique. Artículo 12. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil once (2011); años 168 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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