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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 707-10

QUE AUTORIZA VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER PORCIONES DE TERRENOS A PARTICULARES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 dic de 2010fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10601Gaceta Oficial del 27 dic de 2010
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (21,509 caracteres)
Dec. No. 707-10 que autoriza varios ayuntamientos a vender porciones de terrenos a particulares. G. O. No. 10601 del 27 de diciembre de 2010. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 707-10 VISTAS: La Ley No.176-07, del 17 de julio del 2007, y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956. VISTO: El Artículo 128, numeral 3, letra d, de la Constitución de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monción, provincia Santiago Rodríguez, a vender al señor Ramón Antonio Reyes, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.220, del Distrito Catastral No.6, con designación municipal del solar No.16, Manzana No.1, con un área corregida de 242.31 metros cuadrados, ubicado en la calle Gregorio Ureña, con los siguientes linderos: al Norte, Parcela No.36 (Resto); al Sur, callejón La Loma del Rodeo; al Este, Parcela No.56 (Resto); y al Oeste, Sr.Darío Dorrejo, por la suma de ciento cincuenta y nueve mil trescientos noventa pesos con 00/100 (RD$159,390.00). ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de El Seibo, a vender al señor José Atahualpa Robiou Pichardo, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.75, del Distrito Catastral No.1, Solar Catastral No.19, Manzana 75, con un área corregida de 212.26 metros cuadrados, ubicado en la calle Las Carreras, de la ciudad de El Seibo, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.21; al Sur, calle Las Carreras; al Este, Solar municipal No.19; y al Oeste, solar No.20, por la suma de sesenta y tres mil seiscientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$63,678.00). ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Yudelka Josefina López Reyes, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.83, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 484.58 metros cuadrados, ubicado en la calle Duarte y se encuentra en el Barrio Sibila, con los siguientes linderos: al Norte, Sarah Mercedes Tavarez; al Sur, Leonardo D. Olove; al Este, Roberto Rodríguez; y al Oeste, calle Duarte, por la suma de ciento treinta y tres mil doscientos cincuenta y nueve pesos con 20/100 (RD$133,259.20). ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Deidania Leonor Rodríguez Peña, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.47, Manzana No.74, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 127.71 metros cuadrados, ubicado en el calle Beller, con los siguientes linderos: al Norte, Drenaje Pluvial; al Sur, Sres. Noble Castellano y Ramón Peña; al Este, Suc. del Sr. Benigno Aracena; y al Oeste, calle Beller, por la suma de noventa y un mil cincuenta y dos pesos con 50/100 (RD$91,052.50). ARTÍCULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender al señor Alberto Tadeo Hernández Pérez, un solar que tiene una Parcela Catastral No.125, del Distrito Nacional No.2, con un área corregida de 1,613.83 metros cuadrados, ubicado en la ciudad de Bayaguana, con los siguientes linderos: al Norte, Camino Real; al Sur, Andrés y Juan Aquino; al Este, Camaronera; y al Oeste, Los Castillo, por la suma de un millón seiscientos trece mil ochocientos treinta pesos con 00/100 (RD$1,613,830.00). ARTÍCULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Aura Mercedes Báez Grullón, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.3 y Solar catastral No.2 (parte), del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 176.00 metros cuadrados, de la ciudad de Valverde, con los siguientes linderos: al Norte, calle San Roque; al Sur, Sr. Nelson Reyes; al Este, Sr. Adolfo Sánchez; y al Oeste, Juanita Rodríguez, por la suma de cincuenta y dos mil ochocientos pesos con 00/100 (RD$52,800.00). ARTÍCULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender al señor Rafael Antonio Feliz Estévez, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No. F, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 208.96 metros cuadrados, de la ciudad de Mao, con los siguientes linderos: al Norte, calle Gastón F. Deligne; al Sur, campo deportivo; al Este, ocupado por Sergio Reyes; y al Oeste, ocupado por Juana Valdez, por la suma de sesenta y dos mil seiscientos ochenta y ocho pesos con 00/100 (RD$62,688.00). ARTÍCULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Lidia Andeliz Peralta, un solar que se encuentra dentro de la Porción D, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.311, con un área corregida de 150.28 metros cuadrados, con su frente ubicada en la calle Juan De Jesús Reyes del lateral Sur de la ciudad de Mao, con los siguientes linderos: al Norte, Lidia Lugo; al Sur, Mercedes Lugo; al Este, Agueda Rodríguez; y al Oeste, calle Juan de Jesús Reyes, por la suma de cuarenta y cinco mil ochenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$45,084.00). ARTÍCULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender al señor Rafael Augusto Burgos Domínguez, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.227, del D.C. No.13, del municipio de Moca, con un área corregida de 315.17 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto Parcela 227; al Sur, Resto Parcela No.227; al Este, Resto Parcela No.227; y al Oeste, calle No.11, por la suma de noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y un pesos con 00/100 (RD$94,551.00). ARTÍCULO 10.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender al señor Ignacio Antonio Henríquez, un solar que se encuentra dentro del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del Solar No.3 (Prov.), Manzana No.252, con un área corregida de 132.05 metros cuadrados, con su frente hacia la calle prolongación Orlando Martínez, ubicado en el Villa Carolina III, de la ciudad de Moca, con los siguientes linderos: al Norte, Sra. Luz Mercedes; al Sur, Sr. Ramón García; al Este, calle Prolongación Orlando Martínez; y al Oeste, Cañada, por la suma de treinta y tres mil doce pesos con 50/100 (RD$33,012.50). ARTÍCULO 11.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a la señora Josefina Roca Ángeles, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.26, del Distrito Catastral No.13, del municipio de Moca, con designación municipal de manzana No.10, con un área corregida de 321.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto Manzana No.10; al Sur, Resto Manzana No.10; al Este, Resto Manzana No.10; y al Oeste, Resto Manzana No.10, por la suma de noventa y seis mil quinientos diez pesos con 00/100 (RD$96,510.00). ARTÍCULO 12.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Dajabón, a vender al señor Genaro Antonio Reynoso Fernández, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.44 y Solar Catastral No.2, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 293.10 metros cuadrados, de la ciudad de Dajabón, con los siguientes linderos: al Norte, calle Juan Pablo Duarte; al Sur, Solar No.21; al Este, Sr. José Taveras; y al Oeste, Sra. Lucrecia Riveron, por la suma de setenta y tres mil doscientos setenta y cinco pesos con 00/100 (RD$73,275.00). ARTÍCULO 13.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender al señor Rafael Ricardo García Valdez, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56 (parte), del Distrito Catastral No.8, con designación municipal No.16, Manzana No.30, con un área corregida de 288.24 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle; al Sur, solar municipal No.20 y 21; al Este, solar municipal No.17; y al Oeste, Solar Municipal No.15, por la suma de doscientos cuarenta y cinco mil ciento treinta y un pesos con 50/100 (RD$245,131.50). ARTÍCULO 14.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Rosa Marte, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal No.4, Manzana No.8, con un área corregida de 118.07 metros cuadrados, ubicado en la calle 24 del Concho, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.22; al Sur, calle No.24 del Concho; al Este, solar No.3; y al Oeste, solar No.5, por la suma de treinta y cinco mil cuatrocientos veintiún pesos con 00/100 (RD$35,421.00). ARTÍCULO 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Rosa Marte, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal No.3, Manzana No.6, con un área corregida de 253.12 metros cuadrados, ubicado en la calle No.20 del Concho, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.4 y 23; al Sur, solar municipal No.2; al Este, calle Luciano Hernández; y al Oeste, calle 9, por la suma de setenta y cinco mil novecientos treinta y seis pesos con 00/100 (RD$75,936.00). ARTÍCULO 16.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Rosa Marte, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal No.13, Manzana No.5, con un área corregida de 100.43 metros cuadrados, ubicado en la calle 9 No.19, del sector Los Héroes, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.12; al Sur, solar municipal No.14; al Este, calle 9; y al Oeste, solar municipal No.15, por la suma de treinta mil ciento veintinueve pesos con 00/100 (RD$30,129.00). ARTÍCULO 17.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Barahona, a vender a la señora Rosa Gladys Céspedes, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.51, del Distrito Catastral No.2, con designación municipal de solar No.15, Manzana No.4, con un área corregida de 237.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Secretaría de Obras Públicas; al Sur, calle Proyecto; al Este, Edgar Feliz Méndez; y al Oeste, solar municipal, por la suma de cuarenta y seis mil quinientos noventa y dos pesos con 00/100 (RD$46,592.00). ARTÍCULO 18.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Dajabón, a vender a la señora Teodora Carrasco, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.83, del Distrito Catastral No.1, Solar No.5, con un área corregida de 373.84 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Gaspar Polanco; al Sur, Solar No.4; al Este, Solar No.6; y al Oeste, Solar No.9, por la suma de setenta y cuatro mil setecientos sesenta y ocho pesos con 00/100 (RD$74,768.00). ARTÍCULO 19.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Dajabón, a vender a la señora Maria de la Cruz Castillo, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.35, del Distrito Catastral No.1, Solar No.4, Manzana No.34, con un área corregida de 501.72 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.3; al Sur, calle Juan Pablo Duarte; al Este, Emilio Batista; y al Oeste, Miguel Jiménez, por la suma de cuarenta y siete mil treinta y seis pesos con 25/100 (RD$47,036.25). ARTÍCULO 20.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Pedro de Macorís, a vender a los señores Carlos Manuel Asencio Irrizari, Carlos Antonio, Cruz Manuel, Ramón Alberto, Fernando Enrique, Victor José y Delia M. Del Pilar Asencio Calcaño, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.65, del Distrito Catastral No.1, Solar Municipal No.1, Manzana No.65, con un área corregida de 216.21 metros cuadrados, ubicado en la calle Francisco Ríos, con los siguientes linderos: al Norte, calle Francisco Ríos; al Sur, Resto Manzana Catastral No.65; al Este, Resto Manzana Catastral No.65 ; y al Oeste, calle Juan Esteban Gil, por la suma de cuarenta mil quinientos treinta y nueve pesos con 38/100 (RD$40,539.38). ARTÍCULO 21.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Martina Altagracia Colón Tineo, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.15, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 405.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Sabana Larga en el Barrio Enriquillo de la ciudad de Mao, con los siguientes linderos: al Norte, calle Armando Bueno; al Sur, calle Sabana Larga; al Este, Sra. Sira Justina Bobadilla; y al Oeste, Sra. Ana Gumersinda Rojas, por la suma de ciento veintiún mil quinientos pesos 00/100 (RD$121,500.00). ARTÍCULO 22.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Rafael del Yuma, a vender al señor Casimiro Rey Feliz, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.95, del Distrito Catastral No.10/03, con designación municipal de solar No.201/04, Manzana No.95, con un área corregida de 538.03 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Juana Félix; al Sur, René Berroa; al Este, calle Proyecto; y al Oeste, René Berroa, por la suma de cincuenta y tres mil ochocientos tres pesos 00/100 (RD$53, 803.00). ARTÍCULO 23.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender a las señoras Jazmin Batista Pérez y Carmen Mayra Batista Perez, un solar que se encuentra dentro del Solar Catastral No.107 (Parte), del Distrito Catastral No.2, con designación municipal de solar No.660, Manzana No.75, con un área corregida de 112.90 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Parcela No.107 (Resto); al Sur, Parcela No.107 (Resto); al Este, Canal Bogart; y al Oeste, Parcela No.38 (Resto), por la suma de veintidós mil quinientos noventa y dos pesos 00/100 (RD$22,592.00). ARTÍCULO 24.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender al señor Junior José de Jesús Madera, un solar que se encuentra dentro del Solar Catastral No.107, del Distrito Catastral No.2, con designación municipal de solar No.87-A, con un área corregida de 379.86 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, P. No.107 (Resto); al Sur, P.No.107 (Resto); al Este, Canal Bogart; y al Oeste, P.No.38 y calle 27 de Febrero, por la suma de setenta y cinco mil novecientos setenta y dos pesos 00/100 (RD$75,972.00). ARTÍCULO 25.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, provincia Valverde, a vender al señor José Eugenio Espinal, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.1-B, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 305.10 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.16; al Sur, Solar No.14; al Este, calle J.Amaro Sánchez; y al Oeste, Solar No.29, por la suma de noventa y un mil quinientos treinta pesos 00/100 (RD$91,530.00). ARTÍCULO 26.- Se modifica el Artículo 21 del Decreto No.263-09, de fecha 27 de marzo de 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Lourdes Mercedes Muñoz, un Solar Municipal No.2098, de la Manzana 149, de la Parcela Catastral No.143, con un área corregida de 204.78 metros cuadrados, ubicado en la calle Sabana Larga, casa No.7, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.2097; al Sur, solar municipal No.2099; al Este, calle Sabana Larga; y al Oeste, solares municipales Nos.2091 y 2092, por la suma de sesenta y nueve mil seiscientos veinticinco pesos con 20/100 (RD$69,625.20).” ARTÍCULO 27.- Se modifica el Artículo 20 del Decreto No.513-04, de fecha 7 de junio del año 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, a vender a la señora Miledys Mercedes Polanco Acosta, un Solar Municipal No.4, de la Manzana No.51, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 260.86 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, señora Ana Elena Abreu; al Sur, calle Duarte; al Este, señor Ramón Miranda; y al Oeste, resto de la porción, por la suma de veintiséis mil ochenta y seis pesos con 86/100 (RD$26,086.86)." ARTÍCULO 28.- Se modifica el Artículo 20 del Decreto No.620-07, de fecha 23 de octubre del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Altagracia Antonia Tavares Frómeta, un solar que se encuentra dentro del Solar Municipal No.1778, de la Manzana No.127, correspondiente a la Parcela Catastral No.94, del D.C. No.1, con un área corregida de 91.84 metros cuadrados, ubicado en la carretera Sánchez No.122, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1777; al Sur, calle La Alegria; al Este, calle Sánchez; y al Oeste, solar municipal No.1779, por la suma de diez mil novecientos cinco pesos con 60/100 (RD$10,905.60)." ARTÍCULO 29.- Se modifica el Artículo 19 del Decreto No.238-10, de fecha 22 de abril del año 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender al señor Carmen Ramona Mejía, un Solar Municipal No.429, de la Manzana Catastral No.98, correspondiente a una porción de terreno dentro del Solar Catastral No.16, Manzana Catastral No.177, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 251.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.1430 y 1431; al Sur, solar municipal No.1428; al Este, solares municipales Nos.1432 y 1447; y al Oeste, calle Talanquera, por la suma de trescientos setenta y ocho mil ciento ocho pesos con 00/100 (RD$378,108.00)." ARTÍCULO 30.- Se modifica el Artículo 8 del Decreto No.722-09, de fecha 29 de septiembre del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender al señor Tomás Rafael Pérez, un Solar Municipal No.5, de la Manzana No.53, correspondiente a la Parcela Catastral No.129-A, del Distrito Catastral No.6, con un área corregida de 86.32 metros cuadrados, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No 4; al Sur, calle Proyecto; al Este, calle No.15; y al Oeste, solar municipal No.6, por la suma de diecisiete mil doscientos sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$17,264.00)." ARTÍCULO 31.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto No.53-10, de fecha 1 de febrero del año 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monción, a vender a la señor Alberto Jesús Herrera, dos porciones que se encuentran dentro del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.6, porción B (parte), del municipio de Monción, con un área corregida de 1,962.62 metros cuadrados, del municipio de Monción, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.3; al Sur, calle 16 de Agosto; al Este, solar No.4 y solar No.7; y al Oeste, solar No.6 (Resto), por la suma de ciento setenta y tres mil doscientos veinticinco pesos con 00/100 (RD$173,225.00).” ARTÍCULO 32.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto No.530-10, de fecha 7 de septiembre del año 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a los sucesores de la señora Rosalinda Tolentino de Morel, señores Pedro César Alexis Morel Tolentino, Victoria Altagracia Morel Tolentino y Dominga Rafaela Morel Tolentino, un Solar Municipal No.1543, de la Manzana No.112, correspondiente al Solar Catastral No.5, Manzana Catastral No.63-A, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 120.35 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1382; al Sur, calle el Sol; al Este, solar municipal No.1380; y al Oeste, calle Capotillo, por la suma de doce mil treinta y cinco pesos con 00/100 (RD$12,035.00).” ARTÍCULO 33.- Se modifica el Artículo 1 letra H del Decreto No.515-96, de fecha 14 de octubre del año 1996, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, a vender al señor Miguel Cecilio Guzmán, un Solar Municipal No.83, de la Manzana No.13, de la Parcela No.431 (Parte), del Distrito Catastral No.13, con un área corregida de 319.49 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.2, carretera Vieja; al Sur, Solar No.84; al Este, carretera Vieja; y al Oeste, calle 2 (callejón), por la suma de ocho mil noventa y nueve pesos con 25/100 (RD$8,099.25).” ARTÍCULO 34.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto No.654-08, de fecha 17 de octubre del año 2008, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a los sucesores de Estanislao Castro y comparte, un Solar Municipal No.381, de la Manzana No.94, correspondiente a la Parcela Catastral No.14, de la Manzana Catastral No.157, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 144.60 metros cuadrados, ubicado en la calle El Sol esquina Capotillo, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1382; al Sur, calle El Sol; al Este, solar municipal No.1380; y al Oeste, calle Capotillo, por la suma de doce mil doscientos veintidós pesos con 00/100 (RD$12,222.00).” ARTICULO 35. – Envíese al Ministerio de Interior y Policía, y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil diez, años 167 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona