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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 571-10

QUE AUMENTA PENSIONES ASIGNADAS POR EL ESTADO DOMINICANO A VARIAS PERSONAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 oct de 2010fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10594Gaceta Oficial del 2 nov de 2010
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 571-10 que aumenta pensiones asignadas por el Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 10594 del 2 de noviembre de 2010. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 571-10 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981. VISTOS: Los Oficios Nos.4317 del 22 de junio de 2010; 4984 del 20 de septiembre de 2010, del Ministro de Hacienda, en donde solicita el reajuste de las pensiones de varios servidores públicos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano, a favor de las siguientes personas: 1. A la suma de veintidós mil novecientos sesenta y cuatro pesos con 49/100 (RD$22,964.49).mensuales, a favor de la señora ADALGISA GARCIA CASTILLO, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 2. A la suma de veintidós mil quinientos setenta y tres pesos con 20/100 (RD$22,573.20) mensuales, a favor de la señor ALBERTO SANTO VALVERDE SANTIAGO, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 3. A la suma de diecinueve mil ciento noventa y siete pesos con 00/100 (RD$19,197.00) mensuales, a favor del señor ALVARO DE LA CRUZ LOPEZ, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 4. A la suma de diez mil treinta y cuatro pesos con 04/100 (RD$10,034.04) mensuales, a favor de la señora ANA ROSA MATOS PAULINO, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 5. A la suma de veintiún mil quinientos treinta y cinco pesos con 72/100 (RD$21,535.72) mensuales a favor del señor ANGEL MARIA VASQUEZ TEJADA, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 6. A la suma de quince mil quinientos veinticinco pesos con 00/100 (RD$15,525.00) mensuales, a favor de la señora ANGELA ALTAGRACIA PERDOMO ROSELL, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 7. A la suma de veinte mil seiscientos sesenta pesos con 89/100 (RD$20,660.89) mensuales a favor de la señora ARMINDA MENDEZ VALDEZ, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 8. A la suma de trece mil dieciocho pesos con 04/100 (RD$13,018.04). mensuales, a favor de la señora BELGICA BRUNILDA BONILLA BERNARD, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 9. A la suma de dieciséis mil trescientos diecinueve pesos con 48/100 (RD$16,319.48). mensuales, a favor del señor CLAUDIO BATISTA SANCHEZ, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 10. A la suma de treinta y tres mil pesos con 00/100 (RD$33,000.00). mensuales, a favor del señor DANIEL ANTONIO GARCIA FERMIN, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 11. A la suma de doce mil setecientos noventa y un pesos con 45/100 (RD$12,791.45). mensuales, a favor de la señora FELICITA BATISTA REYES, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 12. A la suma de veintisiete mil seiscientos treinta y ocho pesos con 24/100 (RD$27,638.24). mensuales, a favor del señor GIL ABAD EUSEBIO Y MOREL, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 13. A la suma de diecinueve mil doscientos catorce pesos con 13/100 (RD$19,214.13). mensuales, a favor del señor GILBERTO ANTONIO PEGUERO SANTANA, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 14. A la suma de veinticuatro mil novecientos noventa y ocho pesos con 40/100 (RD$24,998.40). mensuales, a favor del señor HECTOR LUIS CAMACHO, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 15. A la suma de veintiún mil seiscientos diecinueve pesos con 20/100 (RD$21,619.20). mensuales, a favor del señor HERIBERTO BELLO, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 16. A la suma de quince mil ciento treinta y seis pesos con 88/100 (RD$15,136.88), mensuales, a favor del señor ISIDRO CRUZ AQUINO, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 17. A la suma de veintiséis mil ciento sesenta y dos pesos con 50/100 (RD$26,162.50). mensuales, a favor del señor IVAN AMURI REYES, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 18. A la suma de veinte mil ciento ochenta y dos pesos con 50/100 (RD$20,182.50). mensuales, a favor del señor JAIME ANTONIO DOMINGUEZ GARCIA, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 19. A la suma de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos con 00/100 (RD$40,940.00). mensuales, a favor del señor JOSE RAMON BARRERA, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 20. A la suma de veintiséis mil cuatrocientos quince pesos con 00/100 (RD$26,415.00). mensuales, a favor del señor JUAN MELIDO ANTONIO MENDEZ AGRAMONTE, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 21. A la suma de veinticuatro mil ciento once pesos con 03/100 (RD$24,111.03). mensuales, a favor de la señora JULIA CARABALLO MORLA, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 22. A la suma de veinticuatro mil ciento setenta y tres pesos con 33/100 (RD$24,173.33). mensuales, a favor del señor JULIO CESAR MOREL ROSAS, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 23. A la suma de veinte mil cincuenta y siete pesos con 78/100 (RD$20,057.78). mensuales, a favor de la señora LUCILA AURORA FRANCISCO TEJADA DE ABEL, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 24. A la suma de diez mil setecientos cincuenta y cinco pesos con 56/100 (RD$10,755.56). mensuales, a favor del señor MANUEL ALFONSO FACENDA ADRIAN, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 25. A la suma de veinte mil ochocientos quince pesos con 02/100 (RD$20,815.02). mensuales, a favor de la señora MARIANELA JIMENEZ RODOLI, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 26. A la suma de trece mil setecientos noventa y siete pesos con 16/100 (RD$13,797.16). mensuales, a favor del señor MARIO JOSE RICART TAVERAS, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 27. A la suma de dieciocho mil ciento sesenta y cuatro pesos con 25/100 (RD$18,164.25). mensuales, a favor del señor MARTIN FLORIAN MATOS, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 28. A la suma de treinta y dos mil seiscientos pesos con 00/100 (RD$32,600.00). mensuales, a favor del señor MAXIMO ENRIQUE PANIAGUA ARISTY, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 29. A la suma de diez mil doscientos noventa y cuatro pesos con 67/100 (RD$10,294.67). mensuales, a favor de la señora NEQUELINE PEREZ NIN DE RAMIREZ, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 30. A la suma de veintidós mil quinientos setenta y tres pesos con 80/100 (RD$22,573.80). mensuales, a favor del señor NICOLAS DELGADO VICENTE, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 31. A la suma de treinta y cuatro mil setecientos noventa y ocho pesos con 78/100 (RD$34,798.78). mensuales, a favor de la señora OLGA YOLANDA DIAZ LORA, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 32. A la suma de diecinueve mil ciento noventa y siete pesos con 00/100 (RD$19,197.00). mensuales, a favor del señor PEDRO ANTONIO ORTIZ GUZMAN, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 33. A la suma de catorce mil ochocientos cuarenta y nueve pesos con 33/100 (RD$14,849.33). mensuales, a favor del señor RAFAEL ANDUJAR, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 34. A la suma de veintidós mil ciento noventa pesos con 22/100 (RD$22,190.00). mensuales, a favor del señor RAFAEL ANTONIO DE LEON SOLANO, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 35. A la suma de doce mil novecientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$12,950.00). mensuales, a favor del señor RAFAEL BIENVENIDO KHOURY KHOURY, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 36. A la suma de veintidós mil trescientos dieciocho pesos con 89/100 (RD$22,318.89).mensuales, a favor del señor RAFAELITO ALVAREZ, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 37. A la suma de catorce mil ochocientos veintiséis pesos con 67/100 (RD$14,826.67) mensuales, a favor del señor RAMON MOISES CABRERA CABRERA, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 38. A la suma de catorce mil ochocientos veintiséis pesos con 67/100 (RD$14,826.67) mensuales, a favor de la señora REBECA MARTINEZ PINEDA, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 39. A la suma de diez mil treinta y cinco pesos con 22/100 (RD$10,035.22) mensuales, a favor de la señora SELVIA DILENIA FELIZ, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 40. A la suma de veinte mil seiscientos setenta y dos pesos con 66/100 (RD$20,672.66) mensuales, a favor del señor VICENTE AQUINO MARCELO, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 41. A la suma de seis mil quinientos cuatro pesos con 08/100 (RD$6,504.08) mensuales, a favor de la señora YGNACIA ESTEL AMARELIS DELGADILLO BONIFACIO, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 42. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la señora PATRIA ADOLFINA RIVAS TAVERAS DE VALDEZ, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Artículo 2. Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. Artículo 3. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre de dos mil diez (2010); años 167 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona