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Decreto

Decreto 531-10

que autoriza al Instituto Agrario Dominicano a transferir a favor del Ministerio de Educación, una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 51, del D. C. No. 12, del Municipio de Villa Altagracia, San Cristóbal, para la construcción de la Escuela Básica de Fátima, en la comunidad de Sabana Mina

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 sept de 2010fecha
Concesióntipo
G. O. 10589Gaceta Oficial del 23 sept de 2010
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 531-10 que autoriza al Instituto Agrario Dominicano a transferir a favor del Ministerio de Educación, una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 51, del D. C. No. 12, del Municipio de Villa Altagracia, San Cristóbal, para la construcción de la Escuela Básica de Fátima, en la comunidad de Sabana Mina. G. O. No. 10589 del 23 de septiembre de 2010. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 531-10 CONSIDERANDO: Que es de alto interés nacional promover y desarrollar obras de infraestructura destinadas a operar como centros educativos oficiales a través del Ministerio de Educación. CONSIDERANDO: Que a estos fines el Ministerio de Educación ha aprobado la construcción de la Escuela Básica de Fátima en la comunidad de Sabana Mina, Villa Altagracia, San Cristóbal, por lo que se hace necesario la adquisición de una porción de terreno con las dimensiones adecuadas para desarrollar dicho proyecto. CONSIDERANDO: Que esta obra constituye un proyecto integral y es condición fundamental la ejecución de todas sus partes. CONSIDERANDO: Que dicha obra contribuirá al desarrollo educativo de la comunidad donde será desarrollada y al país en general. CONSIDERANDO: Que el terreno a ser utilizado para los fines de la construcción del centro educativo antes mencionado debe reunir características específicas que son necesarias para el desarrollo de las actividades educativas. CONSIDERANDO: Que la parcela que mediante el presente decreto se traspasa, pertenece al Instituto Agrario Dominicano (IAD) y posee las características requeridas. VISTA: La Ley No. 5879, del 27 de abril del 1962, y sus modificaciones, que crea el Instituto Agrario Dominicano (IAD). VISTA: La Ley No. 344, del 29 de julio del 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimientos de Expropiación. VISTA: La solicitud remitida al Poder Ejecutivo por el Ministro de Educación, del 12 de agosto de 2010. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se ordena al Instituto Agrario Dominicano (IAD) a transferir a favor del Ministerio de Educación, para los fines de construir la Escuela Básica de Fátima, la siguiente parcela a) una porción de terreno con una extensión superficial de 3,000 mts2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No. 51, del Distrito Catastral No. 12, de municipio de Villa Altagracia, San Cristóbal. Artículo 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario del inmueble, precedentemente indicado para su adquisición de grado a grado por el Estado dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales, realizará todos los actos, los procedimientos y los recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la transferencia del mismo. Artículo 3. Se declara con urgencia que el Estado dominicano entre en posesión del inmueble indicado, a fin de que se puedan iniciar, de inmediato, los trabajos de construcción de la Escuela Basica de Fatima, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos por la ley. Artículo 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano del citado inmueble será ejecutada por el Abogado del Estado por tratarse de un inmueble registrado. Artículo 5. Envíese al Ministro de Educación, al Instituto Agrario Dominicano (IAD), al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado y al Registrador de Títulos, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de septiembre del año dos mil diez (2010); años 167 de la Independencia y 148 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona