Texto de la norma
Dec. No. 530-10 que autoriza a varios ayuntamientos a vender porciones de terrenos a particulares. G. O. No. 10589 del 23 de septiembre de 2010.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 530-10
VISTAS: La Ley No.176-07, del 17 de julio del 2007, y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956.
VISTO: El Artículo 128, Numeral 3, Letra d) de la Constitución de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Montecristi, a vender a la señora Nilba Basilia Medos, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.24 y solar catastral No.14 del D.C.1, y con un área corregida de 327.26 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.16; al Sur, calle José Cabrera; al Este, solar No.13; y al Oeste, solar No.15, por la suma de sesenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos 00/100 (RD$65,452.00).
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Monte Plata, a vender al señor Ramón Esteban Guerrero Liriano, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.41, del D.C. No.64-B, con un área corregida de 338.25 tareas, con los siguientes linderos: al Norte, Bolíva García; al Sur, Arroyo Naranjo; al Este, Elías Antigua; y al Oeste, Candido de Jesús, por la suma de ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos veinticinco pesos con 00/100 (RD$169,425.00).
ARTÍCULO 3.- Se modifica el Artículo 6, del Decreto No.654-08, de fecha 17 de noviembre del año 2008, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los sucesores de la señora Rosalinda Tolentino de Morel, señores Pedro César Alexis Morel Tolentino, Victoria Altgracia Morel Tolentino y Dominga Rafaela Morel Tolentino, un solar municipal No.1573, de la manzana No.112, correspondiente al solar catastral No.5, de la manzana catastral No.63-A, del distrito catastral No.1, con un area corregida de 120.35 metros cuadrados, de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1382; al Este, solar municipal No.1380; al Sur, calle el Sol; al Oeste, calle Capotillo, por la suma de doce mil treinta y cinco pesos con 00/100 (RD$12,035.00).”
ARTÍCULO 4.- Se modifica el Artículo 9, del Decreto No.592-09, de fecha 13 de agosto del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los sucesores de la señora Elsa Azan Rodríguez, un solar municipal No.1219, de la manzana No.80, correspondiente al solar catastral No.123, del distrito catastral No.1, con un área corregida de 76.15 metros cuadrados, de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.1220; al Este, solar No.1225; al Sur, solar No.1219-A; al Oeste, calle Ulises Espaillat, por la suma de ochenta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco pesos con 75/100 (RD$84,145.75)."
ARTÍCULO 5.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto No.592-09, de fecha 13 de agosto del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Leonardo Severo Fernández Padilla, un solar municipal No.5, de la manzana No.A, correspondiente a la parcela catastral No.7-C-8-1, del distrito catastral No.8, con un área corregida de 153.23 metros cuadrados, de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.9; al Este, avenida Estrella Sadhalá; al Sur, solar municipal No.6; al Oeste, solar municipal No.9, por la suma de cuatrocientos veintinueve mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$429,044.00)."
ARTÍCULO 6.- Se modifica el Artículo 6, del Decreto No.592-09, de fecha 13 de agosto del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Domingo Antonio Vargas Reynoso y Josefa Tavarez Santos, un solar municipal No.1567, de la manzana No.113, correspondiente al solar catastral No.10, de la manzana catastral No.63, del distrito catastral No.1, con un área corregida de 123.06 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1566; al Este, calle Mella; al Sur, solar municipal No.1568; al Oeste, solar municipal No.1565, por la suma de sesenta y tres mil ciento cincuenta pesos con 00/100 (RD$63,150.00)."
ARTÍCULO 7.- Se modifica el Artículo 2, del Decreto No.722-09, de fecha 29 de septiembre del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pablo Manuel Santos Custodio, un solar municipal No.13-B, de la manzana No.9-A, del distrito catastral No.8, correspondiente a la parcela catastral No.6-B-26, con un área corregida de 147.87 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.12; al Este, calle La Aurora; al Sur, solar No.13-A; al Oeste, E. León Jiménez, por la suma de ochenta y ocho mil setecientos veintidós pesos con 00/100 (RD$88,722.00)."
ARTÍCULO 8.- Se modifica el Artículo 9, del Decreto No.159-10, de fecha 19 de mayo del año 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor José Grullón Taveras, un solar municipal No.8, de la manzana No. Q, correspondiente al solar catastral No.2-B-2-A, porción B, del distrito catastral No.1, con un área corregida de 119.09 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.7; al Este, calle No.19; al Sur, solar municipal No.9; al Oeste, solar No.33 y solar No.12, por la suma de doscientos veintiséis mil doscientos setenta y un pesos con 00/100 (RD$226, 271.00).”
ARTÍCULO 9.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto No.53-10, de fecha 1 de febrero del año 2010, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Se autoriza al Ayuntamiento del Municipal de Montecristi, provincia Montecristi, a permutar a la sucesión Tavarez Ramos, un solar que se encuentra dentro de la porción catastral “A”, del distrito catastral No.1, con un área corregida de 34,990.92 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Rafael Betances y Dr. Francisco José Thomen; al Este, terrenos municipales; al Sur, terrenos municipales solar No.39-P058; al Oeste, calle Proyecto y Roberto Álvarez, por la suma de trescientos cuarenta y nueve mil novecientos nueve pesos con 20/100 (RD$349, 909.20).”
ARTICULO 10.- Envíese al Ministerio de Interior y Policía, y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los siete (7) días del mes de septiembre del año dos mil diez (2010); años 167 de la Independencia y 148 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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