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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 409-10

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado a servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 2010fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10587Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
19personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Maria Ramona Brito MarreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristino PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Norca Bienvenida Pérez FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Balbina Mateo RodriguezPensión—RD$30,000.00
Melva Alexandra Diaz FortunaPensión—RD$20,000.00
Argentina Altagracia De La Cruz FigueroaPensión—
Aida Angoma De Los SantosPensión—
Patria Acosta CornielesPensión—RD$10,000.00
Luciana García MartePensión—RD$10,000.00
Argentina Del Carmen Ovalle GuzmánPensión—RD$10,000.00
Dominicanó de Jesús Esquea MenaPensión—RD$10,000.00
Dominga Antonia HernándezPensión—RD$10,000.00
Altagracia MartesPensión—RD$10,000.00
Rosa Elva Rodríguez RomeroPensión—RD$30,000.00
Rafael Díaz BautistaPensión—RD$20,000.00
Aníbal ValenzuelaPensión—RD$20,000.00
Cristino Pérez MesaPensión—RD$20,000.00
Maria Mercedes Cabreja RamírezPensión—RD$30,000.00
Gisela Francisca RomeroPensión—RD$10,000.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (13,877 caracteres)
Dec. No. 409-10 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado a servidores públicos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 409-10 VISTO: El Artículo 57 de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado a los siguientes servidores públicos: 1.- Después de una labor de 42 afios en la administraciôn publica, y por enfermedad, a la sefiora M elania Antonia Leal Arias de Dâvila, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], con un monto de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (50,000.00) mensuales. 2.- Después de una labor de 38 afios en la administraciôn publicao se le concede el beneficio de la jubilaciôn y se asigna una pensiôn de1 Estado, a la sefiora Maria lgnacia Castillo Jiménez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de quince mi1 pesos con 00 l00 (RD$l5,000.00) mensuales. 3.- Después de una labor de 36 afios en la administraciôn publicao se le concede el beneficio de lajubilaciôn y se asigna una pensiôn de1 Estado, a la sefiora Solia Maria Liranzo Gômez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 4.- Después de una labor de 35 afios en la administraciôn publicao se le concede el beneficio de la jubilaciôn y se asigna una pensiôn de1 Estado, a la sefiora lrda Solis Alcântara, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de dieciséis mi1 pesos con 00 l00 (RD$l6,000.00) mensuales. 5.- Después de una labor de 35 afios en la administraciôn publicao se le concede el beneficio de la jubilaciôn y se asigna una pensiôn de1 Estado, a la sefiora Maria Ramona Brito Marrero, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 6.- Después de una labor de 31 afios en la administraciôn publicao se le concede el beneficio de la jubilaciôn y se asigna una pensiôn de1 Estado, al sefior Cristino Peralta, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de diecisiete mi1 pesos con 00 l00 (RD$l7,000.00) mensuales. 7.- Después de una labor de 38 afios en la administraciôn publicao se le concede el beneficio de la jubilaciôn y se asigna una pensiôn de1 Estado, a la sefiora Norca Bienvenida Pérez Feliz, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de treintidos mi1 pesos con 00 l00 (RD$32,000.00) mensuales. 8.- A1 sefior Rafael Emilio Contreras Sepfllvedao portador de la cedula de identidad y electoral No.00l-0l 13840-2, por un monto de cuarenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$40,000.00) mensuales. 9.- A la Sefiora Jovanna Lisset Pefia Feliz, portadora de la Cedula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de cuarenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$40,000.00) mensuales. 10.- A1 sefior Claudio Heberto Vargas Alonzo, portador de la cedula de identidad y electoral N[cédula], por un monto de treinta mi1 setecientos cincuenta pesos con 00 l00 (RD$30,750.00) mensuales. 11.- A la Sefiora Xngela Maria Diaz Filpo, portadora de la Cedula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 12.- A la Sefiora Pura Luz Nflfiez Pérez, portadora de la Cedula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales. Articulo 2.- Se concede el beneficio de la jubilaciôn y se asigna una Pensiôn Especial de1 Estado a 1as siguientes personas: 1.- A1 sefior lsmael Hernândez Flores, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales. 2.- A1 sefior Dr. José Silié Gaton, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 0170466-6, por un monto de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales. 3.- A la sefiora Alfida 1. Huertas Defio de Garcia,, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de cuarenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$40 000.00) mensuales. 4.- A la sefiora Elsa Vifias Vda. Gonzâlez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-0l739l0-0, por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30 ,000.00) mensuales. 5.- A1 sefior Héctor Danilo Sânchez Rodriguez, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30,000.00) mensuales. 6-. A1 sefior Jesfls M arte, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30,000.00) mensuales. 7.- A la sefiora Rita lngrid Josefina Arbaje Tiô, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-072303l-0, por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30,000.00) mensuales. 8.- A la sefiora Ana Balbina Mateo Rodriguez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-l680l53-l, por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30,000.00) mensuales. 9.- A1 sefior Miguel Santo W ilson, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 0915656-2, por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 10.- A1 sefior Francisco Figueroa De Los Santos, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 11.- A1 sefior Romelio Garcia Vilorio, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 12.- A la sefiora Melva Alexandra Diaz Fortuna, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 13.- A1 sefior Miguel Mayoris Pefia Read, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-l 173856-3, por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 14.- A1 sefior Francisco Rafael Medina Alcântara, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-l 167607-8, por un monto de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales. 15.- A la sefiora Edelmira Hernândez Calcafio, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30,000.00) mensuales. 16.- A1 sefior lvân Manuel Ruiz Franco, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-0085l04-7, por un monto de cuarenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$40,000.00) mensuales. 17.- A1 sefior Juan M anuel Vargas Contreras, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-0l907l2-9, por un monto de treinta mi1 pesos con 00 l00 (RD$30,000.00) mensuales. 18.- A la sefiora Argentina Altagracia De La Cruz Figueroa, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-l5l 1236-9, por un monto de quince mi1 pesos con 00 l00 (RD$l5,000.00) mensuales. 19.- A la sefiora M aria Candida Sânchez Pardo, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de diez mi1 pesos con 00 l00 (RD$l0,000.00) mensuales. 20.- A la sefiora Aida Angoma De Los Santos, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de diez mi1 pesos con 00 l00 (RD$l0,000.00) mensuales. 21.- A la señora Patria Acosta Cornieles, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 22.- A la señora Luciana García Marte, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 23.- A la señora Argentina Del Carmen Ovalle Guzmán, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 24.- A la señor Dominicanó de Jesús Esquea Mena, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 25.- A la señora Dominga Antonia Hernández, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 26.- A la señora Altagracia Martes, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 27.- A la señora Rosa Elva Rodríguez Romero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 28.- A la señor Rafael Díaz Bautista, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 29.- A al señor Aníbal Valenzuela, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 30.- A al señor Cristino Pérez Mesa, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 31.- A la señora Maria Mercedes Cabreja Ramírez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 32.- A la señora Gisela Francisca Romero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 33.- A1 sefior José Dolores Paniagua, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de diez mi1 pesos con 00 l00 (RD$l0,000.00) mensuales. 34.- A1 sefior Ramôn Antonio Molina, portador de la Cedula de ldentidad y Electoral N[cédula], por un monto de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales Se elevan 1as pensiones asignadas por el Estado dominicano a 1as siguientes Articulo 3.- personas: 1.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de1 sefior Diomedes Floriân y Floriân, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.[cédula]. 2.- A la suma de veinticinco mi1 pesos con 00 l00 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Annie Méndez Pérez de Pérez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 3.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Clemencia Altagracia Taveras Rodriguez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 4.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Candida Maria Pefia Nlmez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 5.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Selmira Jiménez Vda. Luna, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-00l3766-0. 6.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de1 sefior Julio Arsenio Santana Santanao portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 00l 1915-5. 7.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Blanca Australia Jaquez Cruz de Castillo, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 8.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de1 sefior Eddis Bienvenido Castillo Astacio, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.[cédula]. 9.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Ana M. de Jesfls Ricart Sturla, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 10.- A la suma de treinta y cinco mi1 pesos con 00 l00 (RD$35,000.00) mensuales, a favor de1 sefior Luis Servio Pérez Pefia, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.[cédula]. 11.- A la suma de veinticinco mi1 pesos con 00 l00 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Escolâstica Nolasco, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 0534913-8. 12.- A la suma de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales, a favor de1 sefior Pedro Pablo Reyes Reyes, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 0974054-8. 13.- A la suma de veinticinco mi1 pesos con 00 l00 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Eunice Esquea, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 14.- A la suma de doce mi1 pesos con 00 l00 (RD$l2,000.00) mensuales, a favor de la sefiora Delfina Anadina Jorge Quezada Vda. Lôpez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. 15.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,0000.00) mensuales, a favor de la sefiora Graciela Antonia Gratereaux F. de Diaz Cueto Gorlzâlez, portadora de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l-0l78l07-8. 16.- A la suma de veinte mi1 pesos con 00 l00 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de1 sefior José Maria Diaz Alles, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 0729026-4. 17.- A la suma de treinta y cinco mi1 pesos con 00 l00 (RD$35,000.00) mensuales, a favor de1 sefiora Aurelia Brito Alberto, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral No.00l- 0503505-9. 18.- A la suma de doce mi1 pesos con 00 l00 (RD$l2,000.00) mensuales, a favor de1 Sr. Nicolâs Castillo Estrella, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral N[cédula]. Articulo 5.- E1 presente beneficio no serâ vâlido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensiôn otorgada por el Estado. Pârrafo: En 1os casos positivos, el beneficiario (a) podrâ optar por aquella que mâs le favorezca. Articulo 6.- Dichas pensiones serân pagadas con cargo al Fondo de Pensiones Jubilaciones de la Ley de Gastos Pflblicos. Articulo 7.- Enviese al Ministerio de Haciendao para 1os fines con-espondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmân, Distrito Nacional, Capital de la Repflblica Dominicana, a 1os doce (12) dias de1 mes de agosto de1 afio dos mi1 diez (2010)., afios l67 de la lndependencia y l47 de la Restauraciôn. LEONEL FERNiNDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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