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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 406-10

que integra nuevamente la Comisión Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria. Modifica los Arts. 3 y 7 del Dec. No. 144-05

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 ago de 2010fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10587Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 406-10 que integra nuevamente la Comisión Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria. Modifica los Arts. 3 y 7 del Dec. No. 144-05. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 406-10 CONSIDERANDO: Que es necesario modificar la integración de la Comisión Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria con el interés de involucrar representantes del sector privado y otros ministerios del gobierno, en el entendido de que la modernización de los puertos del país está vinculada a la competitividad y al desarrollo nacional. CONSIDEIU NDO: Que es necesario una efectiva coordinaciôn gubernamental e involucramiento entre 1% instituciones que inciden en el sector portuario por su vinculaciôn con el desarrollo de1 pais. CONSIDEIU NDO: Que dentro de 1as atribuciones de la Comisiôn Presidencial para la Modernizaciôn y Seguridad Portuaria estâ disefiar una estrategia y politica portuaria con una visiôn de largo plazo. CONSIDEIU NDO: Que el Ministerio de Economiao Planificaciôn y Desarrollo tiene la atribuciôn de formular la Estrategia Nacional de Desarrollo incluyendo la coordinaciôn necesaria de todos 1os sectores nacionales. CONSIDEIG NDO: Que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales es responsable de establecer 1os mecanismos para regular el aprovechamiento sostenible de 1os recursos naturales en el pais y de fijar 1as normas para impedir 1os dafios al medio ambiente. CONSIDEIIANDO: Que el Ministerio de Turismo es responsable de orientar, de conformidad con 1as regulaciones al respecto, el disefio y construcciôn de todas 1as obras de infraestructura que requieren el desarrollo de 1os distintos proyectos turisticos. VISTA: La Ley 496-06, que crea el Ministerio de Economia, Planificaciôn y Desarrollo. VISTA: La Ley 64-00, que crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. VISTA: La Ley 84 de1 afio 1979, que modifica la Ley 54l de1 afio 1969 sobre Turismo. VISTO: E1 Decreto No. 144-05 de fecha 21 de marzo de 2005, que crea la Comisiôn Presidencial para la Modernizaciôn y Seguridad Portuaria. En ejercicio de 1as atribuciones que me confiere el Articulo l28 de la Constituciôn de la Repflblica, dicto el siguiente D E C R E T 0 : ARTICULO 1.- Se modifica el Articulo 3 de1 Decreto No. 144-05, sobre la integraciôn de la Comisiôn Presidencial para la Modernizaciôn y Seguridad Portuaria, la cual estarâ integrada en lo adelante por 1os representantes de 1as instituciones indicadas a continuaciôn: La Autoridad Portuaria Dominicana a través de1 Presidente de su Consejo de Administraciôn, quien la presidirâ. E1 Ministerio de Economia, Planificaciôn y Desarrollo, quien ejercerâ 1as funciones de Vicepresidente Ejecutivo. E1 Ministerio de Obras Pflblicas y Comunicaciones. @ E1 Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. @ E1 Ministerio de Turismo. La Direcciôn General de Aduanas. * E1 Centro de Exportaciôn e lnversiôn de la Repflblica Dominicana. E1 Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportaciôn. * La Marina de Guerra. * E1 Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria. * E1 Consejo Nacional de la Empresa Privada. * La Asociaciôn de Navieros de la Repflblica Dominicana. * La Asociaciôn de lndustriales de la Repflblica Dominicana. * La Asociaciôn Dominicana de Zonas Francas. * Un representante de 1os puertos concesionados de1 pais. * Un representante de la Empresa Maritima Dominicana, S.A. Un representante de 1os puertos turisticos. ARTICULO 2.- Se modifica el Articulo 7 de1 Decreto No. 144-05 y se instruye al Ministerio de Economia, Planificaciôn y Desarrollo y al Presidente de la Comisiôn Presidencial para la Modernizaciôn y Seguridad Portuaria, para que realicen todos 1os esfuerzos internacionales y coordinaciones pertinentes a fin de ejecutar un proyecto de modernizaciôn portuaria en el pais. ARTICULO 3.- Se instruye a 1os ministerios de Hacienda y de Economia, Planificaciôn y Desarrollo para que identifiquen y gestionen 1as fuentes financieras de1 Fondo de Emergencia para dar Cumplimiento al Côdigo lnternacional para la Protecciôn de 1os Buques y de 1as lnstalaciones Portuarias (PBIP), a 1os fines de realizar trabajos de adecuaciôn de 1as instalaciones portuarias que la demanden. ARTICULO 4.- Se ordena a la Comisiôn Presidencial para la Modernizaciôn y Seguridad Portuaria a elaborar, en un plazo no mayor a 30 dias a partir de la emisiôn de1 presente decreto, un nuevo reglamento operativo que norme su funcionamiento integral. ARTICULO 5.- Enviese a 1% instituciones mencionadas en el Articulo l de1 presente Decreto y al Ministerio de Hacienda, para su cumplimiento y fines de lugar. DADO en Santo Domingo de Guzmân, Distrito Nacional, capital de la Repflblica Dominicana, a 1os tres (3) dias de1 mes de agosto de dos mi1 diez (2010)., afios l67 de la lndependencia y l47 de la Restauraciôn. LEONEL FERNiNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona