Texto de la norma
Dec. No. 304-10 que eleva el m onto de las pensiones asignadas por el Estado
dominicano a varias personas. G. 0. No. 10577 del 30 de junio de 2010.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Repùblica Dom inicana
NUM ERO : 304-10
VISTO: E1 Articulo 57, de la Constituciôn de la Repflblica.
VISTA: La Ley N0.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles de1 Estado, de1 l l de
diciembre de1 l98 1.
En ejercicio de 1as atribuciones que me confiere el Articulo l28 de la Constituciôn de la
Repflblica, dicto el siguiente
D E C R E T 0 :
Articulo 1. Se elevan 1% pensiones asignadas por el Estado dominicano, a favor de 1as
siguientes personas:
A la suma de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
de1 sefior Mayobanex Vargas, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula].
A la suma de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
de1 sefior Delio lrene Gômez Ochoa, portador de la Cédula de ldentidad y Electoral
N[cédula].
A la suma de cincuenta mi1 pesos con 00 l00 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
de1 sefior Poncio Pedro Rafael Pou Saletao portador de la Cédula de ldentidad y
Electoral N[cédula].
Articulo 2. Dichas pensiones serân pagadas con cargo al Fondo de Pensiones
Jubilaciones de la Ley de Gastos Pflblicos.
Articulo 3. Enviese al Ministerio de Hacienda, para 1os fines convspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmân, Distrito Nacional, capital de la Repflblica
Dominicana, a 1os nueve (9) dias de1 mes de junio de dos mi1 diez (2010)., afios l67 de la
lndependencia y l47 de la Restauraciôn.
LEONEL FERNiNDEZ
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