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Dec. No. 238-10 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos a particulares, G. O. No. 10573, del 5 de mayo de 2010.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 238-10
VISTAS: La Ley No.176-07, del 17 de julio del 2007, y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956.
VISTO: El Artículo 128, numeral 3, letra d, de la Constitución de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Juana Mercedes Flete, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.220, del distrito catastral No.6, con designación municipal del solar No.16, manzana No.1, con un área corregida de 242.31 metros cuadrados, ubicado en la calle Gregorio Ureña, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.17; al Sur, solar No.15; al Este, solar No.6 y calle; y al Oeste, Gregorio Ureña, por la suma de doscientos noventa mil setecientos setenta y dos pesos con 00/100 (RD$290,772.00).
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Ana Gloria Turbay Rodríguez, un solar que se encuentra dentro de una designación municipal No.4, de la manzana No.22, que se encuentra localizado dentro de la parcela catastral No.154-A, del distrito catastral No.6, con un área protegida de 264.49 metros cuadrados, ubicado en el barrio Gregorio Luperón, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.3; al Sur, solar municipal No.5; al Este, calle No.1; y al Oeste, solares municipales Nos.16 y 2, por la suma de cincuenta y nueve mil quinientos diez pesos con 25/100 (RD$59,510.25).
ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a favor del señor Rafael Geraldo Barriento, un solar que tiene designación municipal No.117-D-2-0, de la manzana municipal No.2, localizado en el ámbito de la parcela catastral No.219, del D.C. No.6, de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.117-A-2-Ñ; al Sur, calle; al Este, calle en Proyecto; y al Oeste, Parcela No.117-D-2-R, por la suma de cuarenta mil doscientos cincuenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$40,254.00).
ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender al señor Mircio Antonio Leguizamon Lugo, un solar que está dentro de la porción No.46, con un área corregida de 2.94 Tareas, con los siguientes linderos: al Norte, Bonifacio de la Rosa; al Sur, camino a Comatillo; al Este, Sr. Ramón Ortíz; y al Oeste, terrenos cloacales, por la suma de ocho mil ochocientos veinte pesos con 00/100 (RD$8,820.00).
ARTÍCULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender al señor Mircio Antonio Leguizamon Lugo, un solar que está dentro de la porción F, con un área corregida de 377.27 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Aldo de Jesús; al Sur, Sr. Ricardo Olmos; al Este, El Suizo; y al Oeste, calle Primera, por la suma de cincuenta y seis mil quinientos noventa pesos con 50/100 (RD$56,590.50).
ARTÍCULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pedro Luis Cruz, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.152-A, del distrito catastral No.6, con designación del solar No.39, manzana No.42, con un área corregida de 224.72, ubicado en la avenida Hatuey, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.38; al Sur, solar No.40; al Este, terreno propio; y al Oeste, Av. Hatuey, por la suma de ochenta y cuatro mil doscientos noventa y seis pesos con 25/100 (RD$84,296.25).
ARTÍCULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pedro Antonio Nicasio Mayor, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.7-C-8-1, del distrito catastral No.8, con designación municipal del solar No.7, manzana No.4-B, con un área corregida de 696.05 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto P-7-C-8-I; al Sur, calle Peatón 2; al Este, Peaton; y al Oeste, solar municipal No.6, por la suma de quinientos veintidós mil treinta y siete pesos con 00/100 (RD$522,037.00).
ARTÍCULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Elías Piña, provincia de Elías Piña, a vender al señor Elías Paniagua Pérez, un solar que se encuentra dentro de la designación catastral No.7, del distrito catastral No.1, con un área corregida de 244.29 metros cuadrados, ubicado en la calle Pedro Santana No.9, con los siguientes linderos: al Norte, calle Pedro Santana; al Sur, solar del ayuntamiento; al Este, Martha Paulino; y al Oeste, Doraliza Feliz, por la suma de cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho pesos con 00/100 (RD$48,858.00).
ARTÍCULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Monte Plata, provincia de Monte Plata, a vender al señor Robinson Alfonseca Santana, un solar que se encuentra dentro de la manzana catastral No.13, del distrito catastral No.1, con designación municipal de solar No.8, manzana No.13, con un área corregida de 199.51 metros cuadrados, ubicado en la calle Dr. Julio A. Cuello No.5, de la ciudad de Monte Plata, con los siguientes linderos: al Norte, Sr. Robinson Alfonseca; al Sur, Sr. Otilio Flores; al Este, Sr. Robinson Alfonseca; y al Oeste, calle Dr. Julio A. Cuello, por la suma de treinta y nueve mil novecientos dos pesos con 00/100 (RD$39,902.00).
ARTÍCULO 10.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Monte Plata, provincia de Monte Plata, a vender al señor Robinson Alfonseca Santana, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.41 (parte), del distrito catastral No.64/B, con designación municipal de solar No.7, manzana No.4, con un área corregida de 402.96 metros cuadrados, ubicado en la calle Proyecto No.20, de la ciudad de Monte Plata, con los siguientes linderos: al Norte, calle Proyecto; al Sur, Sr. Robinson Alfonseca; al Este, Sr. Robinson Alfonseca; y al Oeste, calle Proyecto, por la suma de cien mil setecientos cuarenta pesos con 00/100 (RD$100,740.00).
ARTÍCULO 11.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Tomasina Martha Mercado, un solar municipal que se encuentra dentro de la parcela catastral No.6-B-26 (parte), del distrito catastral No.8, con designación municipal de un solar No.20, de la manzana No.11, con un área corregida de 220.03 metros cuadrados, ubicado en la calle No.9, No.37, del sector La Hoya, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.18 y 19; al Sur, calle 9; al Este, solar No.10; y al Oeste, M. No.9-D, por la suma de ciento cincuenta y cuatro mil veintiún pesos con 00/100 (RD$154,021.00).
ARTÍCULO 12.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Julia Castillo Peña y Víctor Manuel Liriano, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.7-C-7-B-24, del distrito catastral No.8, con designación municipal del solar No.9, manzana No.3, con un área corregida de 482.95 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.5; al Sur, solares Nos. 10 y 11; al Este, camino a Rincón Largo; y al Oeste, solar No.8, por la suma de un millón seiscientos noventa mil trescientos veinticinco pesos con 00/100 (RD$1,690,325.00).
ARTÍCULO 13.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Félix María Encarnación Espinal Peralta y María Encarnación Espinal Peralta, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.129 L, del distrito catastral No.6, con designación municipal del solar No.26, manzana No.15, con un área corregida de 168.33 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.25; al Sur, solar municipal No.27; al Este, calle 13; y al Oeste, solar municipal No.33, por la suma de ciento treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$134,664.00).
ARTÍCULO 14.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Marcela De Jesús Rodríguez Batista, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.7-C-8 (parte), del distrito catastral No.8, con designación municipal del solar No.312-A-8-1, manzana No.5, con una área corregida de 119.76 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, parcela Nos.312-A-B-J; al Sur, parcela No.312-A-B-H; al Este, paso Peatonal; y al Oeste, parcela No.312-A-REF.-7, por la suma de ciento cuarenta y tres mil setecientos doce pesos con 00/100 (RD$143,712.00).
ARTÍCULO 15.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Victoria Mercedes Pichardo, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.6-B-27, del distrito catastral No.8, con designación municipal de solar No.41, de la manzana No.5, con un área corregida de 310.88 metros cuadrados, ubicado en la calle Duarte del sector Los Frailes, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.42 y 44-A; al Sur, solar No.40; al Este, solar No.16; y al Oeste, calle Primera, por la suma de trescientos diez mil ochocientos ochenta y ocho pesos con 00/100 (RD$310,880.00).
ARTÍCULO 16.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender al señor Luis Enrique Cabrera Santana, un solar que se encuentra dentro del distrito catastral No.1, con designación municipal del solar No.4, manzana No.33, con un área corregida de 237.06 metros cuadrados, ubicado en la calle Eurípides Sosa No.4 de la ciudad de Bayaguana, con los siguientes linderos: al Norte, calle Eurípides Sosa; al Sur, sucursal Eurípides Sosa; al Este, calle San Juan; y al Oeste, Dra. Francisco Marrero, por la suma de ciento dieciocho mil quinientos treinta pesos con 00/100 (RD$118,530.00).
ARTÍCULO 17.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Monte Plata, provincia Monte Plata, a vender al señor César Gustavo Hidalgo López, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.41 (parte), del distrito catastral No.64/B, con designación municipal de solar No.144/97, con un área corregida de 313.68 metros cuadrados, ubicado en la calle prolongación Meriño, con los siguientes linderos: al Norte, parcela No.41 (Resto); al Sur, parcela No.41 (resto); al Este, calle prolongación Meriño; y al Oeste, parcela No.41 (Resto), por la suma de ciento veinticinco mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 (RD$125,472.00).
ARTÍCULO 18.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Moca, provincia Espaillat, a vender a la señora Nerys Raquel De Jesús Jiménez, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.64, del distrito catastral No.12, con un área corregida de 334.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Proyecto, con los siguientes linderos: al Norte, resto de la parcela No.64; al Sur, solar municipal No.7; al Este, resto de la parcela No.64; y al Oeste, calle proyecto, por la suma de cuarenta y un mil setecientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$41,750.00).
ARTÍCULO 19.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Carmen Ramona Mejía, un solar que se encuentra dentro de la manzana catastral No.177, del distrito catastral No.1, con designación municipal del solar No.16, manzana No.177, con un área corregida de 246.12 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.1430 y 1431; al Sur, solar municipal No.1428; al Este, solares municipales Nos.1432 y 1447; y al Oeste, calle Talanquera, por la suma de trescientos sesenta y nueve mil ciento ochenta pesos con 00/100 (RD$369,180.00).
ARTÍCULO 20.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Altagracia Jiménez Rodríguez, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.6-B-43, del distrito catastral No.8, con designación municipal de solar No.6, de la manzana No.10, con un área corregida de 271.83 metros cuadrados, ubicado en la calle No.9 del sector Hoya del Caimito, con los siguientes linderos: al Norte, calle No.9; al Sur, solar municipal No.7; al Este, Peatonal, al Oeste, solar No.5, por la suma de trescientos treinta y nueve mil setecientos ochenta y siete pesos con 50/100 (RD$339,787.50).
ARTÍCULO 21- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Miguelina Altagracia Turbay Rodríguez, un solar que se encuentra dentro de la designación municipal No.1, de la manzana No.22, localizado dentro de la parcela catastral No.154-A, del distrito catastral No.6, con un área corregida de 225.15 metros cuadrados, ubicado en el barrio Gregorio Luperón, con los siguientes linderos: al Norte, avenida 1ero.de Mayo; al Sur, solar municipal No.16; al Este, solar municipal No.2; y al Oeste, calle, por la suma de sesenta y siete mil quinientos cuarenta y cinco pesos con 00/100 (RD$67,545.00).
ARTÍCULO 22- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Moca, provincia Espaillat, a vender al señor Aníbal José Olivares Caputo, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.16-A-7, del distrito catastral No.2, con un área corregida de 174.12 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle “D”; al Sur, (Resto) parcela No.16-A-7; al Este, Sra. Juana Esther Rodríguez; y al Oeste, calle Segunda, por la suma de cuarenta y tres mil quinientos treinta pesos con 00/100 (RD$43,530.00).
ARTÍCULO 23- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, a vender a los señores Alberto Valerio y Lilian Esther Fernández Durán, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.1, del distrito catastral No.1, con designación municipal del solar No.14-B, de la manzana No.1, con un área corregida de 343.13 metros cuadrados, ubicada
en la avenida Imbert No.60, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.14-A; al Sur, solar No.15; al Este, Ave. Imbert; y al Oeste, terreno Propio, por la suma de quinientos catorce mil seiscientos noventa y cinco pesos con 00/100 (RD$514,695.00).
ARTÍCULO 24- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender a los señores Teotiste Bello Severino y Juan P. Méndez C., un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.125, del distrito catastral No.2, con un área corregida de 633.52 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, resto parcela No.125; al Sur, carretera Bayaguana-Santo Domingo; al Este, calle Proyecto; y al Oeste, calle Proyecto, por la suma de treinta y nueve mil quinientos noventa y cinco pesos con 00/100 (RD$39,595.00).
ARTÍCULO 25- Se modifica el Artículo 26, del Decreto No.783-04, de fecha 9 de agosto del año 2004, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Rafael Arismendy De La Nuez, un solar que se encuentra dentro del solar municipal No.1, de la manzana No.11, correspondiente a la parcela catastral No.250-C-2-C, del distrito catastral No.6, con un área corregida de 511.76 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, peatonal No.5; al Sur, calle; al Este, solar No.2; y al Oeste, calle Penetración, por la suma de ciento dos mil trescientos cincuenta y dos pesos con 00/100 (RD$102,352.00).”
ARTÍCULO 26- Se modifica el Artículo 15, del Decreto No.762-03, de fecha 12 de agosto del año 2003, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia de Santiago de los Caballeros, a vender al señor Miguel Ángel Collado, un solar dentro del solar municipal No.23, de la manzana catastral No.46, correspondiente a la parcela catastral No.129-A, del distrito catastral No.6, ubicado en la calle 10 No.8, del sector ensanche Caonabo, con un área corregida de 108.36 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.17; al Sur, solar municipal No.45; al Este, solar municipal No.2,3 y 4; y al Oeste, calle No.10, por la suma de diez mil ochocientos treinta y seis pesos con 00/100 (RD$10,836.00).”
ARTICULO 27.- Envíese al Ministerio de Estado de Interior y Policía, y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidos (22) días del mes de abril de dos mil diez (2010); años 167 de la Independencia y 147 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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