Texto de la norma
Dec. No. 189-10 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres, G. O. No. 10572, del 30 de abril de 2010.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 189-10
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombre establece la Ley No. 639, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. La señora Hilaria Reyes Padilla, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gloria Reyes Padilla
Artículo 2. La señora Venancia Vargas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Venecia Vargas
Artículo 3. La señora Jesusita Peña, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Susana Peña
Artículo 4. El señor Gilberty Heber Ortega Piña, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Gilberty Ortega Piña
Artículo 5. El señor Milvio Antonio Vargas Ramos, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Emilio Vargas Ramos
Artículo 6. La señora Monserrat Del Carmen Gasso Diez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Montserrat Del Carmen Gasso Diez
Artículo 7. La señora Flor Idalia Cerda, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Idalia Cerda
Artículo 8. La señora Teresita Altagracia Rosario Abreu, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Teresa Altagracia Rosario Abreu
Artículo 9. El señor Neurys Vargas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cristian Vargas
Artículo 10. La señora Benita Capellán González, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Altagracia Capellán González
Artículo 11. La señora Altagracia Simón Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Virginia Altagracia Simón Guzmán
Artículo 12. La señora Ramona Jorge Terrero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Shined Jorge Terrero
Artículo 13. El señor Ernesto Hernández Santiago, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Héctor Hernández Santiago
Artículo 14. La señora Olinda María Ynfante, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Olinda Mercedes Ynfante
Artículo 15. El señor Simón Javier Fernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Simeón Javier Fernández
Artículo 16. El señor Héctor Dolorez Pérez Cuevas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Héctor Pérez Cuevas
Artículo 17. La señora Eucebia Cruz De la Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eusebia Cruz De la Cruz
Artículo 18. El señor Teofilo Brito Francisco, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Teofilo Antonio Brito Francisco
Artículo 19. El señor Rafael Antonio Valerio Espinal, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Miley Valerio Espinal
Artículo 20. La señora Maximiliano Villeja, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dora Villeja
Artículo 21. La señora Nixefora Medina Alcántara, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yoselin Medina Alcántara
Artículo 22. El señor De la Cruz De Jesús Catalino, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan De Jesus Catalino
Artículo 23. El señor Ramón Sigfrido Sánchez Pimentel, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Sigfrido Sánchez Pimentel
Artículo 24. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de abril de dos mil diez (2010); años 167 de la Independencia y 147 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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