miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 53-10

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS A PARTICULARES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 feb de 2010fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10564Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (15,913 caracteres)
Dec. No. 53-10 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos a particulares. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 53-10 VISTAS: La Ley No. 176-07 del 17 de julio del 2007 y la Ley No.4381, del 10 de febrero del año 1956. VISTO: El Artículo 128, numeral 3, letra d, de la Constitución de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Neyba, provincia Bahoruco, a vender al señor Víctor Melgen Hezny, un solar que se encuentra dentro de la manzana No.31, del Distrito Catastral No.2, con designación municipal de un solar No.18, manzana No.31, con un área corregida de 308.13 metros cuadrados, ubicado en la calle Mella, de la ciudad de Neyba, con los siguientes linderos: al Norte, (Resto) Parcela; al Sur, Sr. Mario Pérez; al Este, (Resto) Parcela; y al Oeste, calle Mella, por la suma de noventa y dos mil cuatrocientos treinta y nueve pesos con 00/100 (RD$92,439.00). ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Monte Plata, provincia Monte Plata, a vender al señor Juan Manuel Álvarez, un solar que se encuentra ubicado dentro de la Parcela Catastral No.41, del Distrito Catastral No.64-B, con un área protegida de 717.55 tareas, de la ciudad de Monte Plata, con los siguientes linderos: al Norte, propiedad de Candido de Jesús; al Sur, Camino del Mamey y Lorenzo Leocadio; al Este, propiedad de Gloria Contreras; y al Oeste, propiedad de Lorenzo Leocadio, por la suma de quinientos setenta y cuatro mil cuarenta pesos con 00/100 (RD$574,040.00). ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Monción, provincia Santiago Rodriguez, para que el mismo pueda permutar a favor del señor Alberto Jesús Herrera Herrera, dos (2) porciones de terreno que se encuentran dentro del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.6-Porción-B (parte), con un área protegida de 1,962.62 metros cuadrados, ubicados en la calle 16 de Agosto de la ciudad de Monción, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.3; al Sur, calle 16 de Agosto; al Este, solar No.4 y solar No.7; y al Oeste, solar No.6 (Resto), por la suma de setecientos nueve mil novecientos sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$709,964.00). ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Montecristi, provincia de Montecristi, a vender a la señora Adamilka Vásquez Ramos de Gombar, un solar que se encuentra dentro de la Parcela No. 244, del Distrito Catastral No.9, con un área corregida de 234.17 metros cuadrados, ubicado en la José Cabrera, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.5; al Sur, calle José Cabrera; al Este, solar No.6; y al Oeste, solares Nos.8 y 11, por la suma de cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y dos pesos con 50/100 (RD$58,542.50). ARTÍCULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Montecristi, provincia de Montecristi, a vender a la señora Adamilka Vásquez Ramos de Gombar, un solar que está dentro de la Manzana Catastral No.38, solar No.16, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Montecristi, con un área corregida de 249.49 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.1; al Sur, solares Nos.12 y 14; al Este, solar No.2; y al Oeste, calle Antonio Rodriguez, por la suma de setenta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho pesos con 00/100 (RD$74,838.00). ARTÍCULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Montecristi, provincia de Montecristi, a vender a la señora Adamilka Vásquez Ramos de Gombar, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.38, solar No.16, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal de un solar No.16, de la manzana No.38, con un área corregida de 357.06, ubicado en la calle José Cabrera, del centro de la ciudad de Montecristi, con los siguientes linderos: al Norte, calle José Cabrera; al Sur, solar No.16; al Este, solar No.2; y al Oeste, calle Santiago Rodriguez, por la suma de ciento treinta y tres mil ochocientos noventa y siete pesos con 50/100 (RD$133,897.50). ARTÍCULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Montecristi, provincia de Montecristi, a vender a la Sucesión Tavarez Ramos, un solar que se encuentra dentro de la Porción Catastral “A”, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Montecristi, con los siguientes linderos: al Norte, Rafael Betances y Dr. Francisco José Thomen; al Sur, Terrenos municipales solar No.39-P058; al Este, Terrenos municipales; y al Oeste, calle Proyecto y Roberto Álvarez, por la suma de trescientos cuarenta y nueve mil novecientos nueve pesos con 20/100 (RD$349,909.20). ARTÍCULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Montecristi, provincia de Montecristi, a vender a la Sra. Lidia Andeliz Peralta, un solar que se encuentra dentro de la Porción D, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.311, con un área corregida de 150.28 metros cuadrados, ubicado en la calle Juan de Jesús Reyes, del lateral Sur de la ciudad de Mao, con los siguientes linderos: al Norte, Lidia Lugo; al Sur, Mercedes Lugo; al Este, Agueda Rodríguez; y al Oeste, calle Juan De Jesús Reyes, por la suma de cuarenta y cinco mil ochenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$45,084.00). ARTÍCULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Villa Vásquez, provincia de Montecristi, a vender a la Sra. Miladys Francisca Novo, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.1, del Distrito Catastral No.4, con una designación municipal del solar No.134-2001, con un área corregida de 530.35 metros cuadrados, ubicado en la calle Bernardo Rodríguez del centro de la ciudad de Villa Vásquez, con los siguientes linderos: al Norte, propiedad de Aníbal Blanco; al Sur, calle Bernardo Rodríguez; al Este, sucursal Alejandro Castro; y al Oeste, propiedad de Jacinto Novo, por la suma de ciento seis mil setenta pesos con 00/100 (RD$106,070.00). ARTÍCULO 10.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Villa Vásquez, provincia de Montecristi, a vender a los señores Carlos Saturnino Castellanos y Maria Del Carmen Hernández, un solar que se encuentra dentro de la Manzana Catastral No.87, del Distrito Catastral No.1, con una designación municipal del solar No.12, manzana No.87, con un área corregida de 215.38 metros cuadrados, ubicado en la calle Duarte de la ciudad de Mao, con los siguientes linderos: al Norte, Sra. Dolores Morel; al Sur, Sra. Altagracia de Peralta; al Este, Sra. Caridad Viuda Custo; y al Oeste, calle Duarte, por la suma de sesenta y cuatro mil seiscientos catorce pesos con 00/100 (RD$64,614.00). ARTÍCULO 11.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata, provincia de Puerto Plata, a vender a la señora Julia Peralta, un solar que se encuentra ubicado dentro de la Parcela Catastral No.214 (parte), del Distrito Catastral No.9, con designación municipal del solar No.95, manzana No.214, con un área corregida de 265.07 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Parcela No.214 (Parte); al Sur, calle 13; al Este, Parcela No.214 (Parte); y al Oeste, parcela No.214 (Parte), por la suma de setenta y nueve mil quinientos veintiún pesos con 00/100 (RD$79,521.00). ARTÍCULO 12.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata, provincia de Puerto Plata, a vender al señor Porfirio Andrés Batista, un solar que se encuentra ubicado dentro de la Parcela Catastral No.244, del Distrito Catastral No.9, con un área corregida de 114.89 metros cuadrados, ubicada en la calle peatonal No.2, del sector Francisco Caamaño de la ciudad de Puerto Plata, con los siguientes linderos: al Norte, Filomena Tavarez; al Sur, calle Peatonal; al Este, Martanela Cordero; y al Oeste, Emma Cabrera, por la suma de treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$34,467.00). ARTÍCULO 13.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata, provincia de Puerto Plata, a vender a la señora Inés Margarita Mella, un solar que se encuentra ubicado dentro de la manzana catastral No.148, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal No.532, manzana No.148, con un área corregida de 390.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, resto manzana No.148; al Sur, resto manzana No.148; al Este, resto manzana No.148; y al Oeste, calle Presidente Vásquez, por la suma de ciento treinta y seis mil quinientos pesos con 00/100 (RD$136,500.00). ARTÍCULO 14.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata, provincia de Puerto Plata, a vender a la señora Ramona Mercedes Agramonte Fortuna, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.214 (parte), del Distrito Catastral No.9, con un área corregida de 406.54 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Sr. Esteban Sarita; al Sur, Sr. José Brito Cardero; al Este, (Resto) Parcela; y al Oeste, calle Primera, por la suma de ciento veintiún mil novecientos sesenta y dos pesos con 00/100 (RD$121,962.00). ARTÍCULO 15.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Villa Vásquez, provincia de Montecristi, a vender a la señora Amada Altagracia Pérez, un solar que se encuentra ubicado dentro de la parcela catastral No.1, del Distrito Catastral No.4, con un área corregida de 406.82 metros cuadrados, ubicado en la calle 27 de febrero No.99, del centro de la ciudad de Villa Vásquez, con los siguientes linderos: al Norte, calle 27 de febrero; al Sur, Sr. Jacobo Castro; al Este, Sra. Hilda González; y al Oeste, Sra. Grecia Guzmán, por la suma de ochenta y un mil trescientos sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$81,364.00). ARTÍCULO 16.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Carmen Francisca Zapata y sus hijos Carmen Francisca, Jeannette Leticia y Bienvenido Valdez Zapata, un solar que se encuentra ubicado dentro de la manzana catastral No.81, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 138.23 metros cuadrados, ubicado en la calle Gregorio Luperón de la ciudad de Mao, con los siguientes linderos: al Norte, calle Gregorio Luperón; al Sur, propiedad del Sr. Alberto Batista; al Este, propiedad de Sra. María Rodríguez; y al Oeste, propiedad del Sr. Félix Ventura, por la suma de cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos con 00/100 (RD$41,469.00). ARTÍCULO 17.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Mao, provincia Valverde, a vender a la señora Antonia Tejada Díaz, un solar que se encuentra dentro de la manzana catastral No.112-A, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.39, manzana No.112-A, con un área corregida de 242.65 metros cuadrados, ubicado en la calle Desiderio Arias, con los siguientes linderos: al Norte, señor Manuel Santos; al Sur, calle Desiderio Arias; al Este, calle Juan de Jesús Reyes; y al Oeste, calle Dhimas de Jesús Rodríguez, por la suma de noventa mil novecientos noventa y tres pesos con 75/100 (RD$90, 993.75). ARTÍCULO 18.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Mao, provincia Valverde, a vender al señor Héctor Manuel Tineo, un solar que se encuentra ubicado dentro de la manzana catastral No.9-A, del solar catastral No.12, del distrito catastral 1, con designación municipal del solar No.216, con un área corregida de 153.03 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, propiedad de Emilio Rodríguez; al Sur, calle Elpidio Cabrera; al Este, calle 19 de Marzo; y al Oeste, propiedad María Altagracia Vargas, por la suma de treinta y ocho mil doscientos cincuenta y siete pesos con 50/100 (RD$38,257.50). ARTÍCULO 19.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Montecristi, a vender a la señora Sofía Angélica De La Cruz Mena, un solar que se encuentra ubicado dentro de la porción B, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 4,438.50 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, resto de la porción “B” y calle No.8; al Sur, calle Proyecto; al Este, señor Crisantes; y al Oeste, resto de la porción “B”, por la suma de ciento setenta y siete mil quinientos cuarenta pesos con 00/100 (RD$177,540.00). ARTÍCULO 20.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de San Juan de la Maguana, a vender a la señora Mencía De Los Santos, un solar No.12 (parte), que está dentro de la manzana No.221, parcela catastral No.1, del distrito catastral No.1, con un área corregida de 287.03 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos. 2 y 3; al Sur, calle Wenceslao Ramírez; al Este, Carlos González; y al Oeste, Rafael Segura, por la suma de cuarenta y tres mil cincuenta y cuatro pesos con 50/100 (RD$43, 054.50). ARTÍCULO 21- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, a vender al señor Radhames Arístides Rodríguez, un solar que se encuentra dentro del solar municipal No.4-B, de la manzana 11, correspondiente al solar catastral No.129-A, del Distrito Catastral No.6, con un área corregida de 169.67 metros cuadrados, ubicado en la calle C, No.34, del sector Manolo Tavarez de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, calle primera; al Sur, cañada; al Este, solar municipal No.4-A; y al Oeste, solar municipal No.5, por la suma de treinta y tres mil novecientos treinta y cuatro pesos con 00/100 (RD$33,934.00). ARTÍCULO 22- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Rosa Marte (V), un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal del solar No.1, de la manzana No.6, con un área corregida de 154.89 metros cuadrados, ubicado en la calle 24 del Concho, del sector Los Héroes, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.2; al Sur, calle No.24, del Concho; al Este, calle Liciano Hernández; y al Oeste, calle No.9, por la suma de cincuenta y ocho mil ochenta y tres pesos con 75/100 (RD$58,083.75). ARTÍCULO 23- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Rosa Marte, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal del solar No.35, de la manzana No.28, con un área corregida de 111.556 metros cuadrados, ubicado en la calle 21, No.36, del sector Los Héroes, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.14; al Sur, calle No.21; al Este, solar No.34; y al Oeste, solar No.36, por la suma de treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos con 00/100 (RD$33,468.00). ARTÍCULO 24- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Rosa Marte, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal del solar No.36, de la manzana No.11, con un área corregida de 84.98 metros cuadrados, ubicado en la calle Desiderio Arias de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.37; al Sur, calle El Sol; al Este, solar No.35; y al Oeste, calle No.25, por la suma de treinta y un mil ochocientos sesenta y siete pesos con 50/100 (RD$31,867.50). ARTÍCULO 25- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago de los Caballeros, a vender a favor del señor José Alfredo Benjamín González, un solar que se encuentra dentro de la Parcela Catastral No.7-B-33, del Distrito Catastral No.8, con designación municipal del solar No.4, de la manzana No.1-1, con un área corregida de 211.55 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.3; al Sur, calle No.27; al Este, calle No.28; y al Oeste, solar No.5-A, por la suma de ciento cinco mil setecientos setenta y cinco pesos con 00/100 (RD$105,775.00). ARTICULO 26.- Envíese a la Secretaria de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de febrero, del año dos mil diez (2010), años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona