Texto de la norma
Dec. No. 74-10 que agrega un numeral 20 al Art. 1 del Dec. No. 56-10. Cambia el nombre de la Secretaria de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, por el de Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 74-10
CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 56-10, del 6 de febrero de 2010, dispuso que hasta tanto el Congreso Nacional apruebe la legislación correspondiente a la que se refiere la disposición transitoria Decimosexta de la Constitución de la República, las Secretarías de Estado pasarán a denominarse Ministerios.
CONSIDERANDO: Que en la lista de Secretarías de Estado que figura en el Artículo 1 del referido Decreto fue omitido el nombre de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, por lo que se impone la necesidad de modificar dicho artículo 1, para agregar a su lista de Secretarías de Estado el nombre de la Secretaria de Estado omitida.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, votada y proclamada por la Asamblea Nacional el 26 de enero de 2010.
VISTA: La Ley Orgánica de Secretarías de Estado, No. 4378, del 10 de febrero de 1956.
VISTO: El Decreto No. 484-96, del 30 de septiembre de 1996, modificado por el Decreto No. 27-01, del 8 de enero de 2001, que creó el Consejo Nacional de la Reforma del Estado (CONARE).
VISTO: El Decreto No. 287-08, del 17 de julio de 2008, que establece el Reglamento de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
VISTO: El Decreto No. 1082-04, del 9 de marzo de 2004, que establece el Gabinete de Política Institucional;
VISTO: El Decreto No. 56-10, del 6 de febrero de 2010.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se agrega el Numeral 20 al Artículo 1 del Decreto No. 56-10, del 6 de febrero de 2010, el cual dispondrá como sigue:
"20. Secretaria de Estado de Salud Pública y Asistencia Social a Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social."
ARTÍCULO 2.- Envíese al Ministerio de la Presidencia, al Ministerio de Administración Pública y al Consejo Nacional de la Reforma del Estado (CONARE), para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a doce (12) días del mes de febrero de dos mil diez (2010); años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.