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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 41-10

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 ene de 2010fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10562Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
21personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Robinson Anselmo Diaz ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Francisca De La Cruz JiménezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Ramón FernándezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Antonio MuñozEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Georgelina Feliz PlaceresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Daniel Ruiz SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Valdez De JesúsEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilario Espinal RichardsonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysabel Fausto Ungria Liriano VásquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sonia Concepción MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José David Martínez RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ángela Polanco PlasenciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Ohnedys Báez GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Williams Radhamé Reyes VolquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón Antonio AdamesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Enna Amada Burgos SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelo Antonio Santos KingEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Francisco PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ciprian Acevedo PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eligio Adames VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 41-10 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios servidores públicos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 41-10 VISTO: El Artículo 8, de la Constitución de la República; VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; VISTA: La comunicación No.190 del 11 de enero de 2010, del Secretario de Estado de la Presidencia. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas: 1.- Después de una labor de 10 años de servicio en la Administración Pública, al señor Robinson Anselmo Diaz Reyes, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales. 2.- Después de una labor de 15 años de servicio en la Administración Pública, a la señora Carmen Francisca De La Cruz Jiménez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de once mil novecientos pesos con 00/100 (RD$11,900.00) mensuales. 3.- Después de una labor de 19 años de servicio en la Administración Pública, al señor Rafael Ramón Fernández, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diecinueve mil novecientos pesos con 00/100 (RD$19,900.00) mensuales. 4.- Después de una labor de 14 años de servicio en la Administración Pública, al señor José Antonio Muñoz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de dieciséis mil seiscientos treinta pesos con 00/100 (RD$16,630.00) mensuales. 5.- Después de una labor de 14 años de servicio en la Administración Pública, a la señora Georgelina Feliz Placeres, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veintisiete mil ochocientos pesos con 00/100 (RD$27,800.00) mensuales. 6.- Después de una labor de 15 años de servicio en la Administración Pública, al señor Daniel Ruiz Santana, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veintitrés mil ochocientos cinco pesos con 00/100 (RD$23,805.00) mensuales. 7.- Después de una labor de 15 años de servicio en la Administración Pública, al señor Fernando Valdez De Jesús, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil setecientos pesos con 00/100 (RD$15,700.00) mensuales. 8.- Después de una labor de 20 años de servicio en la Administración Pública, al señor Domingo Mota, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diecisiete mil novecientos setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$17,978.00) mensuales. 9.- Después de una labor de 16 años de servicio en la Administración Pública, al señor Hilario Espinal Richardson, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil ochocientos noventa y un pesos con 00/100 (RD$15,891.00) mensuales. 10.- Después de una labor de 33 años de servicio en la Administración Pública, al señor Ysabel Fausto Ungria Liriano Vásquez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis pesos con 00/100 (RD$31,456.00) mensuales. 11.- Después de una labor de 17 años de servicio en la Administración Pública, a la señora Sonia Concepción Morillo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diecisiete mil ochocientos setenta y nueve pesos con 00/100 (RD$17,879.00) mensuales. 12.- Después de una labor de 35 años de servicio en la Administración Pública, al señor José David Martínez Ramírez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales. 13.- Después de una labor de 24 años de servicio en la Administración Pública, a la señora Ángela Polanco Plasencia, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y un mil pesos con 00/100 (RD$31,000.00) mensuales. 14.- Después de una labor de 19 años de servicio en la Administración Pública, al señor Juan Ohnedys Báez González, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 15.- Después de una labor de 17 años de servicio en la Administración Pública, al señor Williams Radhamé Reyes Volquez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 16.- Después de una labor de 18 años de servicio en la Administración Pública, al señor Ramón Antonio Adames, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil doscientos veinticinco pesos con 00/100 (RD$15,225.00) mensuales. 17.- Después de una labor de 17 años de servicio en la Administración Pública, a la señora Enna Amada Burgos Santos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales. 18.- Después de una labor de 25 años de servicio en la Administración Pública, al señor Marcelo Antonio Santos King, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales. 19.- Después de una labor de 10 años de servicio en la Administración Pública, al señor Luis Francisco Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticuatro mil ochocientos pesos con 00/100 (RD$24,800.00) mensuales. 20.- Después de una labor de 5 años de servicio en la Administración Pública, al señor Ciprian Acevedo Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de catorce mil pesos con 00/100 (RD$14,000.00) mensuales. 21- Después de una labor de 10 años de servicio en la Administración Pública, al señor Eligio Adames Vargas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y un mil pesos con 00/100 (RD$31,000.00) mensuales. 22-A la señora Olimpia Brito, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de nueve mil seiscientos veinte pesos con 00/100 (RD$9,620.00) mensuales. 23-Al señor Eladio Rafael Peña y Betances, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de dieciséis mil seiscientos veinte pesos con 00/100 (RD$16,000.00) mensuales. Artículo 2- El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario (a) podrá optar por aquella que más le favorezca. Artículo 3- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. Artículo 4- Envíese a la Secretaria de Estado de Hacienda, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve días (19) del mes de enero del año dos mil diez (2010); años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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