Texto de la norma
Dec. No. 29-10 que declara los días 15 y 16 de enero de 2010, como Días de Duelo Nacional.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 29-10
CONSIDERANDO: Que el terremoto ocurrido en la República de Haití, el pasado día 12 del corriente mes ha causado en la ciudad de Puerto Príncipe, la pérdida de miles dé vidas humanas, la destrucción total de los principales edificios que albergan la administración del Estado y de cientos de edificaciones de uso comercial y familiar;
CONSIDERANDO: Que el pueblo dominicano se encuentra profundamente consternado a causa de esa gran tragedia, por lo que se considera en el deber moral de dejar constancia de su dolor y de su solidaridad con el hermano pueblo haitiano;
VISTA: La Ley No. 108, del 21 de marzo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se declaran los días 15 y 16 de enero de 2010, "Días de Duelo Nacional" en todo el territorio de la República Dominicana.
Artículo 2. En consecuencia, durante estos días las banderas deberán ser colocadas y permanecer a media asta en todos los edificios y centros oficiales, tanto nacionales como municipales. Igualmente, quedan suspendidas todas las actividades oficiales de carácter festivo.
Artículo 3.-Envíese a las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas y de Interior y Policía, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de enero de dos mil diez (2010); años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.