Texto de la norma
Dec. No. 12-10 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 12-10
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. La señora Bertina Feliz Medina, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milagros Feliz Medina.
Artículo 2. La señora Verónica Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Berónica Santana.
Artículo 3. El señor Santo Diomedis Mejia Báez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Santo Diómedes Mejia Báez.
Artículo 4. El señor Eddy Alejandro Candelario Reyes, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Daniel Alejandro Candelario Reyes.
Artículo 5. La señora Adelaida Mejia Carrera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Edermira Mejia Carrera.
Artículo 6. La señora Leoquidias María Lugo Chala, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Leopoldina María Lugo Chala.
Artículo 7. La señora Eulogia Antonia Peña Cerda, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eulogia Amada Peña Cerda.
Artículo 8. La señora Ercia María Abad Pineda, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ercida María Abad Pineda.
Artículo 9. La señora Carmen Celeste Pérez Ferreras, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Cindy Pérez Ferreras.
Artículo 10. El señor Baldemiro Morillo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Baldomero Morillo.
Artículo 11. La señora Saihra Esthefany Miranda Figuereo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Sahira Estefany Miranda Figuereo.
Artículo 12. El señor Victor Bussi Belén, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Victor Antonio Bussi Belén.
Artículo 13. El señor Gelmin Yoelí Méndez Florián, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Germán Yoel Méndez Florián.
Artículo 14. La señora Suleyka Solano Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nelly Suleyka Solano Rodríguez.
Artículo 15. El señor Victoriano Gómez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jeremy Gabriel Gómez.
Artículo 16. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de enero del año dos mil diez (2010), años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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