Texto de la norma
Dec. No. 718-09 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 718-09
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley.
VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Articulo 1. La señora Polonia Soriano, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gladis Soriano.
Articulo 2. La señora Herminia Mercedes Fernández Fernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Fermina Mercedes Fernández Fernández.
Articulo 3. Los señores Timoteo Santos Rosario y Sarita Menéndez Abraham, padres del menor Lucas Jonathan Alberto Santos Menéndez, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Lucas Alberto Santos Menéndez.
Articulo 4. La señora Petronila Batista, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mireya Batista.
Articulo 5. El señor Florencio Abreu Ortiz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Lorenzo Abreu Ortiz.
Articulo 6. La señora Engracia Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gracita Rosario.
Articulo 7. El señor Vetillo Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Vitelio Pérez.
Articulo 8. El señor Alcántaro García, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alcántara García.
Articulo 9. La señora María Ercarmen Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María del Carmen Santana.
Articulo 10. La señora Yesenia Adames Richardson, madre de la menor Hellen Angelina Adames, por el de Hellen Anyelina Adames
Artículo 11. Envíese a las Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año dos mil nueve (2009), años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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