miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 490-09

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios empleados públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 jul de 2009fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10530Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
23personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Dalia Hache SapegEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Georgina Decena AmparoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguelina Altagracia Brito HernándezPensión—RD$20,000.00
Ramón Antonio Canelo DomínguezPensión—RD$15,000.00
Antonio Méndez PenaPensión—RD$15,000.00
Germania Milagro Sánchez Veloz de PérezPensión—RD$24,000.00
Basilio Antonio Herrera RodríguezPensión—RD$10,000.00
Dionisia SenaPensión—RD$5,000.00
Rafael Arcadio Berges LaraPensión—RD$40,000.00
Juan Rafael Amparo y GonzálezPensión—RD$25,000.00
Rafael Antonio Martinez MoyaPensión—RD$25,000.00
Jorge Luis Yordan BáezPensión—RD$5,000.00
Anibal Florentino SantiagoPensión—RD$15,000.00
Fernando Augusto Gautreaux MartínezPensión—RD$20,000.00
Roberto Hernani LópezPensión—RD$15,000.00
Martina Vásquez de SánchezPensión—RD$5,000.00
Esmeralda Diaz Montes de OcaPensión—RD$12,000.00
Zenaida PeñaPensión—RD$5,000.00
Rafael Leonidas Alvarez MarreroPensión—RD$20,000.00
Andrés Ramón Wazar ValerioPensión—RD$15,000.00
María Cristina Reyes EscobosaPensión—RD$12,000.00
Armando Moronta FabiánPensión—
Manuel de la RosaPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 490-09 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios empleados públicos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 490-09 VISTO: El Articulo 8, de la Constitución de la República; VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; VISTO: El Oficio No.2999 del 9 de junio de 2009 del Secretario de Estado de Hacienda VISTAS: Las comunicaciones 13510, del 14 de abril de 2009 y la comunicación sin numero del 25 de marzo de 2009, del Despacho de la Primera Dama de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se asigna una pensión del Estado dominicano a los siguientes servidores públicos: 1.- A la señora Dalia Hache Sapeg, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 2.- A la señora Miguelina Altagracia Brito Hernández, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 3.- Al señor Ramón Antonio Canelo Domínguez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 4.- Al señor Antonio Méndez Pena, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 5.- A la señora Germania Milagro Sánchez Veloz de Pérez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte y cuatro mil pesos con 00/100 (RD$24,000.00) mensuales. 6.- Al señor Basilio Antonio Herrera Rodríguez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 7.- A la señora Dionisia Sena, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 8.- Al señor Rafael Arcadio Berges Lara, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales. 9.- Al señor Juan Rafael Amparo y González, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales. 10.- Al señor Rafael Antonio Martinez Moya, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales. 11.- Al señor Eusebio Reyes Ramos, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. Artículo 2.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado, a las siguientes personas: 1.- A la señora Georgina Decena Amparo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 2.- Al señor Jorge Luis Yordan Báez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 3.- Al señor Anibal Florentino Santiago, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 4.- Al señor Fernando Augusto Gautreaux Martínez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 5.- Al señor Roberto Hernani López, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 6.- A la señora Martina Vásquez de Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 7.- A la señora Esmeralda Diaz Montes de Oca, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales. 8.- A la señora Zenaida Peña, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 9.- Al señor Rafael Leonidas Alvarez Marrero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 10.- Al señor Andrés Ramón Wazar Valerio, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales 11.- A la señora María Cristina Reyes Escobosa, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con un monto de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales Artículo 3.- Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a favor de las Siguientes personas: 1.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Ramona Vallejo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 2.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del señor Rafael Martínez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 3.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del señor José Rafael Garces Cuello, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 4.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Albalina Contin C. de López, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 5.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Norma María Flores Abreu, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 6.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Fe Caridad Gómez Ceara de Matos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 7.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del señor Percio Antonio Ventura Hernández, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 8.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la señora Ramona Teresa Abreu, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 9.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Nelsy Esperanza Gómez Peralta de Crisanty, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 10.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Escolástica Nolasco, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 11.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la señora Altagracia Deschamps F. de Molina, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 12.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Graciosa Evalina Acosta, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 13.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la señora Josefina Altagracia Diaz Soto de Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 14.- A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor de la señora María Idalia Altagracia Ferreras Peña, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 15.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora Ramona Antonia Beltre A. de Delgado, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 16.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del señor Ramón Maria Garcia Cruz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 17.- A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del señor Marcos Augusto Román Núñez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 18.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la señora María de los Milagros Acosta Román, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 19.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la señora Dinorah Antonia Medina Encarnación, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 20.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del señor Georgelina Arisleisa Milanés de Frías, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 21.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del señor Fernando Enrique Ruiz Báez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 22.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la señora Ana Lidivia Hernández Lantigua, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 23.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la señora Anania Argentina Hernández Lantigua, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 24.- A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la señora Gladys Josefina López Molina, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 25.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del señor Máximo Antonio Mejía Soto, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 26.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del señor Narciso José Rolando Blandino Guerrero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 27.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del señor Buenaventura Hernández Reyes, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 28.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la señora Clara Elisa Hernández Reyes de Gautier, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 29.- A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor del señor José Francisco Romero Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Artículo 4. Se traspasa la pensión asignada por el Estado dominicano al señor Armando Moronta Fabián, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], a favor de la señora Regina Virgen Adames Arias, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Artículo 5. Se traspasa la pensión asignada por el Estado dominicano al señor Manuel de la Rosa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], a favor de la señora Zeneida Paula, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Artículo 6. El presente beneficio no será válido para aquéllas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario (a) podrá optar por aquella que más le favorezca. Artículo 7. Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. Artículo 8. Envíese a la Secretaría de Estado de Hacienda, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis días (6) del mes de julio del año dos mil nueve (2009); años 166 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.