Texto de la norma
Dec. No. 477-09 que concede naturalización dominicana ordinaria a varias personas, y provisionalmente a menores de edad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 477-09
VISTAS: Las Instancias Nos.5840, 5841, 5843, 5892, 5893, 5894, 5900, 5901, 5902, 5903, 5904, 5910, 5911, 5913, 5914, 5915, 5916, 5917 y 5944, del 22 de mayo de 2009, respectivamente, que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto;
VISTA: La Ley No.1683, del 16 de abril del 1948, sobre Naturalización, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación:
1. Señor Garry Walsh, de nacionalidad beliceño
2. Señor Hailiang Zhu, de nacionalidad china
3. Señora María Clara del Socorro Gaviria Leon, de nacionalidad colombiana
4. Señor Dmitry Yakovlev, de nacionalidad rusa
5. Señor Carlos Arturo Ramírez Rojas, de nacionalidad colombiana
6. Señor Lázaro Eduardo Cruz Jorge, de nacionalidad cubana
7. Señor Maykel Oramas Sánchez, de nacionalidad cubana
8. Señor Alexey Shcherbakov, de nacionalidad rusa
9. Señora Olga María Haidar Alcorta, de nacionalidad cubana
10. Señor Juan Armando Fleites Castro, de nacionalidad cubana
11. Señora Gulchachak Anisimova, de nacionalidad rusa
12. Señor Mikhail Anisimov, de nacionalidad rusa
13. Señor Igor Beketov, de nacionalidad rusa
14. Señora Natalia Beketova, de nacionalidad rusa
15. Señor Cristiam Camilo Zamora Sanabria, de nacionalidad colombiana
16. Señor Vladimir Anatolievich Chuzhmarov, de nacionalidad rusa
17. Señora Lucila Jacqueline Shening Tain, de nacionlidad cubaba
18. Señora Irina Kosareva, de nacionalidad rusa
Artículo 2. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana provisional, a los menores que se indican a continuación:
1. Williams Henry Landestoy Suriel, de nacionalidad norteamericana
2. Radhames Jr. Guerrero Rivera, de nacionalidad norteamericana
3. Raimiery Guerrero Rivera, de nacionalidad norteamericana
4. Derek Robert Jiménez Flores, de nacionalidad norteamericana
Artículo 3. Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana, ante dicho funcionario.
Artículo 4. Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año dos mil nueve (2009), años 166 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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