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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 450-09

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 jun de 2009fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10526Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 450-09 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 450-09 VISTAS: La Ley No. 4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1.- Se modifica el Artículo 31, del Decreto No.60-09 de fecha 23 de enero del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Julián Antonio Pérez Collado, un solar que está dentro de la parcela catastral No.14, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con designación municipal de solar No.20-A, manzana No.4, con un área corregida de 158.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.12; al Este, solar No.19; al Sur, calle a Tamboril; al Oeste, solar No.20-B, por la suma de sesenta y tres mil quinientos ochenta y cuatro pesos (RD$63,584.00).” ARTÍCULO 2.- Se modifica el Artículo 8, del Decreto No.60-09 de fecha 23 de enero del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender al señor Omar Hipólito Almanzar Núñez, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.15, del Distrito Catastral No.12, con designación municipal de solar No.34, manzana 1, con un área corregida de 382.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle No.7; al Este, solar No.33; al Sur, (Resto) manzana No.1; al Oeste, solar No.35, por la suma de ciento catorce mil seiscientos noventa pesos (RD$114,690.00).” ARTÍCULO 3.- Se modifica el Artículo 2, del Decreto No.60-09 de fecha 23 de enero del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señora Zandra Dolores Mañon Rossi, un solar que está dentro de la manzana catastral No.78, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Puerto Plata, con designación municipal de la manzana No.78, solar No.252-99, con un área corregida de 245.74 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, sucesores Vásquez con 12.70 metros; al Sur, calle Beller con 12.20 metros; al Este, José Ramón López con 18.40 metros; y al Oeste, Telesforo Pelegrín con 18.40 metros, por la suma de ciento siete mil quinientos quince pesos con 63/100 (RD$107,515.63).” ARTÍCULO 4.- Se modifica el Artículo 12, del Decreto No.654-08 de fecha 17 de octubre del año 2008, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Julio César Blanco, un solar municipal No.1050, de la manzana 60, correspondiente al solar catastral No.18, de la manzana catastral No.18, de la manzana catastral No.53, del D.C. No.1, con un área corregida de 172.00 metros cuadrados, ubicado en la avenida Independencia, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.1038 y 1039; al Este, solar municipal No.1049; al Sur, calle Independencia; y al Oeste, solar municipal Nos. 1035 y 1051, por la suma de veinte mil seiscientos cuarenta pesos con 00/100 centavos(RD$20, 640.00)”. ARTÍCULO 5.- Se modifica el Artículo 11, del Decreto No.654-08 de fecha 17 de octubre del año 2008, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Ana Rita Jiménez Cabrera, un solar municipal No.64 (antes 16), parcela catastral No.2-B-2, porción B, del D.C. No.1, con un área corregida de 128.98, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.6 y 7; al Este, solar municipal No.63; al Sur, calle Enrique Deschamps; y al Oeste, solar municipal No.65, por la suma de treinta y ocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos con 00/100 centavos(RD$38, 694.00)”. ARTÍCULO 6.- Se modifica el Artículo 32, del Decreto No.60-09 de fecha 23 de enero del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Leonardo Severo Fernández Padilla, un solar municipal que se encuentra dentro de la parcela catastral No.7-C-8-1, del D.C. No.8, con designación municipal del solar No.5, manzana No.A, con un área corregida de 153.23 metros cuadrados, ubicado en la Villa Olímpica de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.9; al Este, avenida Estrella Sadhalá; al Sur, solar municipal No.6; y al Oeste, solar municipal No.9, por la suma de sesenta y un mil doscientos noventa y dos pesos (RD$61,292.00)”. ARTÍCULO 7.- Se modifica el Artículo 10, del Decreto No.60-09 de fecha 23 de enero del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Barahona, a donar al señor Armando Coss, una porción de terreno que está dentro de la manzana catastral No.6, del D.C. No.1, del municipio de Barahona, con designación municipal del solar No.13, manzana No.34, con un área corregida de 465.35 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, ayuntamiento del municipio de Barahona; al Este, solar No.10; al Sur, señor Armando Coss; y al Oeste, Eladio Romero Matos, por la suma de doscientos treinta y dos mil seiscientos setenta y cinco pesos (RD$232,675.00)”. ARTÍCULO 8.- Se modifica el Artículo 10, del Decreto No.269-08 de fecha 17 de julio del año 2008, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Ana Mercedes Vásquez, un solar municipal No.65-A-2-1-C-7, manzana 2, correspondiente a una porción de terreno dentro de la parcela catastral No.201, del Distrito Catastral No.6, con un área corregida de 217.42 metros cuadrados, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, Peatón “A”; al Este, solar municipal No.65-A-2-1-C-8; al Sur, solar municipal No.65-A-2-1-A; al Oeste, solar municipal No.65-A-2-1-C-6, por la suma de ciento treinta y cinco mil ochocientos ochenta y siete pesos con 50/100 (RD$135,887.50)”. ARTÍCULO 9.- Se modifica el Artículo 5, del Decreto No.263-09 de fecha 27 de marzo del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Felicia Rodríguez de Calderón, un solar dentro de la parcela catastral No.2-B-2, porción 1-B, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal del solar No.15, manzana No.287, con un área corregida de 220.12 metros cuadrados, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.11; al Este, solar municipal No.14; al Sur, calle Felipe Alfau; al Oeste, solar municipal 16, por la suma de ochenta y ocho mil cuarenta y ocho pesos con 00/100 (RD$88,048.00)”. ARTÍCULO 10.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto No.263-09 de fecha 27 de marzo del año 2009, para que se lea y rija de la manera siguiente: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender al señor Gregorio Rodríguez, un solar con designación municipal No.1903-A, manzana municipal No.133, localizado en el ámbito de la manzana catastral No.110, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 214.73 metros cuadrados, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1903; al Este, solar municipal No.1902; al Sur, calle Independencia; al Oeste, solar municipal 1904, por la suma de ciento treinta y nueve mil quinientos setenta y cuatro pesos con 50/100 (RD$139,574.50)”. ARTICULO 11.– Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil nueve, año 166 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona