Núm. 5287.—DECRETO del P. E. relativo el pago de los sueldos de los empleados.—G. O. Núm. 2452 del 15 de Noviembre de 1913.
GRAL. JOSE BORDAS VALDES.
Presidente Constitucional Interino de la República.
Considerando: Que es necesario establecer la normalidad en el pago de las atenciones del servicio público, interrumpido por los acontecimientos políticos que precedieron á la última guerra civil en que se vió envuelto todo el país, y por los que dentro de ella se desarrollaron en perjuicio de la regularidad económica en todas las rentas nacionales;
Considerando: que restablecida la paz se impone el deber de limitar los gastos de la Nación á los votados por la Ley de Gastos Públicos ú ordenados de otro modo legal.
Visto el Art. 53 de la Constitución de la República;
DECRETA:
Artículo 1º El pago de los sueldos de los empleados públicos y de los demás servicios de la Ley de Presupuesto que adeu-
da el Estado hasta el 31 de Octubre de 1913 queda aplazado hasta tanto sea realizada por el Gobierno una operación de crédito, y a propuesta, para la redención completa de los valores adeudados por dicho concepto, y la cual se hará del conocimiento de la Nación tan pronto como ésta se haya realizado;
Art. 2º El pago de los sueldos y demás gastos de la Ley de Presupuesto queda normalizado á partir del 1º de Noviembre de 1913;
Artículo 3º Desde el día 16 de Noviembre de 1913 queda prohibida toda erogación que no esté prevista en la Ley de gastos públicos, ó que no sea dispuesta por resolución ejecutiva de fecha posterior á este Decreto, siendo por tanto nulos y no significando ni deuda ni compromiso para el Estado los gastos que sin legal autorización se hicieren a partir de la referida fecha 16 de Noviembre 1913.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 13 días del mes de noviembre de 1913; año 70 de la Independencia y 51 de la Restauración.
BORDAS VALDES.
El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio: Saviñón.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona