Texto de la norma
Núm. 5271.—DECRETO del P. E. que concede un plazo para la entrega de armas de guerra y municiones.—G. O. Núm. 2430 del 30 de Agosto 1913.
GRAL. JOSE BORDAS VALDES.
Presidente Interino de la República.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución y vistos los artículos 51 y 52 de la Ley de Policía del 27 de Marzo de 1911;
DECRETA:
Art. 1º Conceder un plazo de sesenta días, á partir de la fecha en que sea publicado el presente Decreto, para toda persona que tenga una ó varias armas de guerra, ó municiones de guerra, ó ambas cosas a la vez, proceda a su entrega al Goberna-
dor de la provincia, o a la autoridad del lugar donde resida, a
menos que obtenga un permiso especial y escrito del Cobemador,
bicamente, mttdiante el cual pueda justificar su posesi6n en
cualesquiera circurlstancias.
Art. 20) Para 10s efectos de este permiso, que debe expe-
dirse gratis, el Gobernador dispondrh que se abra un registro en
el cual conste el nombre de Ir. persona a quien se le ha dado di-
cho permiso, la fecha en que le fuB otorgado, la calidad del arma
y el ntimero de municiones de guerra, para 10s fines que pucdan
convenir.
5 El permiso de que se trata, no puede librarse sino para tin
arma de guerra y la cantidad de diez tiros.
Art. 3', La persona que despu6s de wncido el plazo fijsdo
en el presente Decreto, portare 6 se le encontrare una o \-arias
armas de guerra 6 municiones de guerra, o ambas cosas a la
vez, sin el permiso correspondiente, sera condenada a cinco pesos
01.0 de multa a favor de la caja comunal, a cinco dias de prisi6n
y a la confiscaci6n del arma o armas, o municiones de guerra, o
ambas cosas a la vez, en conformidad con la Ley de Policia vi-
gente, sin perjuicio de las demhs responsabilidades en qus pue-
da incurrir como autor 6 c6mplice de sustraccih o rob0 de cosas
pertenecientes a1 Estado.
Dada en Santo Domingo, Capital de la Repiiblica, a ios 22
dias del mes de Agosto de 1913; afio 70 de la Independencia y
61 de la Restauracih.
BORDAS VALDES.
El Secretario de Estado de lo Interior y Policia: Juiiarl Zo-
rrilla.
El Secretario de Estado de Guerra y Marina : Tadeo Alvarez.
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