Texto de la norma
Núm. 4168.—DECRETO del C. N. que aprueba las cuentas de la revolución que derrocó al gobierno de U. Heureaux.—G. O. Núm. 1403 del 6 de Julio de 1901.
EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República.
Visto el Mensaje del ciudadano Presidente de la República, da fecha 30 de Noviembre de 1900, en el cual pide el reconocimiento de las cuentas de la Revolución y de las indemnizaciones motivadas por ella;
En virtud del artículo 25, párrafos 6º y 33º de la Constitución,
DECRETA:
Art. 1º Se aprueban las cuentas de la revolución que derrocó el régimen pasado, ascendentes á la cantidad de doscientos cuarenta y ocho mil novecientos noventa y nueve pesos, diez y seis centavos oro.
Art. 2º Se autoriza al Poder Ejecutivo á efectuar el pago de las mencionadas cuentas.
Art. 3º El presente Decreto será enviado al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dado en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el día 24 del mes de Junio del año 1901; año 58º de la Independencia y 38º de la Restauración.
El Presidente, Emilio Prud'homme.—Los Secretarios, M. de J. González.—I. Coradín.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 28 días del mes de Junio de 1901; año 58º de la Independencia y 38º de la Restauración.
El Presidente de la República, J. I. JIMENES.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—E. Brache hijo.
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