Texto de la norma
Núm. 4142.—Exequatur acordado al Lic. Horacio V. Vicioso para que pueda ejercer la profesión de abogado.—G. O. Núm. 1393 del 27 de Abril de 1901.
JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República.
Vista la instancia elevada por el ciudadano Horacio Victoriano Vicioso, mediante la cual solicita que le sea acordado el exequatur de ley para ejercer las funciones de Abogado de los Tribunales de la República;
Visto el título de Licenciado en la facultad de Derecho Civil expedido por el Instituto Profesional de la República, y el
cual capacita al solicitante para ejercer aquellas funciones públicas; y visto, por último, la prescripción contenida en el párrafo segundo del artículo 25 de la Ley General de Estudios;
RESUELVE:
Unico: Otorgar, como por la presente otorga al ciudadano Horacio Victoriano Vicioso, el exequatur de ley para que pueda, con arreglo á su título, ejercer en todo el territorio de la República, las funciones de Abogado, ciñéndose á las leyes y reglamentos de la materia y previo el juramento de Ley por ante la Suprema Corte de Justicia.
Se manda á las autoridades acuerden y guarden al agraciado, todos los fueros y privilegios que en esta virtud le conceden las leyes.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 17 días del mes de Enero de 1901; año 58° de la Independencia y 38° ed la Restauración.
J. I. JIMENES.
Refrendada: El Ministro de Justicia é Instrucción Pública.—Génaro Pérez.
Registrado al número 85. El Oficial Mayor.—Pedro Spignolio.
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