Texto de la norma
Núm. 4110.—DECRETO del C. N. que autoriza un crédito de $125.000, para enjugar el déficit del Presupuesto.—G. O. Núm. 1384 del 23 de Febrero de 1901.
EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República.
Vista la comunicación dirigida á esta Representación Nacional por el ciudadano Ministro de Hacienda y Comercio, con fecha 28 de Diciembre del año próximo pasado, en la que dicho funcionario solicita, á nombre del Poder Ejecutivo, se vote un crédito de ciento veinticinco mil pesos oro para llenar un descubierto de sesenta y cinco mil pesos oro por los meses de Noviembre y Diciembre últimos; y para cubrir un exceso de gastos por sesenta mil pesos hasta el 30 de Abril próximo;
Considerando: que este Alto Cuerpo debe poner al Poder Ejecutivo en condiciones de atender del mejor modo posible á las necesidades de la administración pública.
DECRETA:
Art. 1° Se autoriza al Poder Ejecutivo á disponer hasta la suma de ciento veinte y cinco mil pesos oro, que se invertirá en llenar un descubierto por los meses de Noviembre y Diciembre últimos, ascendentes á sesenta y cinco mil pesos oro, y para cubrir un déficit de sesenta mil pesos oro hasta el mes de Abril próximo, por concepto de exceso de gastos.
Art. 2° Los Ministros respectivos enviarán á este Alto Cuerpo un Memorandum circunstanciado de la inversión de dicho crédito.
Dado en la sala de sesiones del Congreso Nacional el día 22 de Febrero del año 1901; año 57 de la Independencia y 38 de la Restauración.
El Presidente, J. M. Cabral y Báez.—Los Secretarios, Ignacio Coradín.—Casimiro Cordero.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, á los 22 días del mes de Febrero de 1901; año 57º de la Independencia y 38º de la Restauración.
El Presidente de la República,
J. I. JIMENES.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—E. Brache hijo.
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