Texto de la norma
Decreto Nº 7236 que suspende temporalmente el exequátur de abogado otorgado al Doctor Luis Moreno Martínez.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
NUMERO 7236.
CONSIDERANDO: Que el Doctor Luis Moreno Martínez, domiciliado y residente en [domicilio omitido], se ha hecho culpable de faltas graves en el ejercicio de su profesión de abogado;
CONSIDERANDO: Que dicha culpabilidad ha sido reconocida por la Suprema Corte de Justicia, la cual, por su sentencia disciplinaria del 13 de Marzo del año en curso, ha decidido que procede la suspensión del Doctor Luis Moreno Martínez en el ejercicio de la profesión de abogado, por tal circunstancia;
VISTO el expediente del caso sometido al Poder Ejecutivo por el Procurador General de la República con su oficio Nº 2162, del 16 de Marzo del año en curso.
VISTO el artículo 8 Párrafo II de la Ley sobre Exequátur de Profesionales, Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Queda suspendido el Doctor Luis Moreno Martínez en el ejercicio de la profesión de abogado, hasta el 18 de Marzo de 1952.
Art. 2.— Comuníquese al Procurador General de la República para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.